CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO
El Vigia, 24 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001441
ASUNTO : LP11-P-2008-001441
Visto el escrito que obra a los folios 3597 y 3598, suscrito por los Abogados FIDEL LEONARDO MONSALVE MORENO Y FERNANDO GELASIO DE JESUS CERMEÑO ZAMBRANO, en su carácter de defensores técnicos privados de los ciudadanos SILVIO LUIS TORRES VASQUEZ y LUDYS TAILY RODRIGUEZ RAMIREZ,, mediante el cual hacen del conocimiento al Tribunal que sus representados aparecen solicitados por el sistema SIPOL, en virtud de orden de captura emanada de los tribunales penales de esta extensión penal, solicitando se oficie con la urgencia del caso a la División de Capturas del C.I.C.P.C., a los fines de que se corrija tal situación, este Tribunal, a los fines de resolver el pedimento de la defensa, observa: que de la revisión realizada a la presente causase evidenció que ningún Tribunal lde esta Extensión de El Vigía, que ha conocido de esta causa, ha librado orden de aprehensión o captura en contra de los ciudadanos SILVIO LUIS TORRES VASQUEZ y LUDYS TAILY RODRIGUEZ RAMIREZ, por lo que mal podría este Tribunal dejar sin efecto una orden de captura inexistente, razón por la que se niega la solicitud de la defensa.
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Niega la solicitud de la defensa, por cuanto este Tribunal ha constatado que ningún Tribunal de la Extensión El Vigía que ha conocido de la presente causa, ha librado orden de aprehensión o captura en contra de los ciudadanos SILVIO LUIS TORRES VASQUEZ y LUDYS TAILY RODRIGUEZ RAMIREZ, por lo que mal podría dejar sin efecto una orden de captura inexistente. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA DE JUICIO N° 04
ABG MARIA ALBERTINA SANTIAGO DE PEÑA
LA SECRETARIA
ABG EVIMAR VELAZCO
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