REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-001286
ASUNTO : LP11-P-2010-001286

AUTO ORDENANDO COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA CUMPLIDA

Por cuanto de la revisión realizada se advierte en el auto de este Tribunal de fecha 29.11.2.010, mediante el cual se ordenó el EJECUTESE DE SENTENCIA, correspondiente a la sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio No. 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión EL Vigía, de fecha 11-10-2.010 (folios 136 al 151), un error en la fecha en que eventualmente terminaría de cumplir el penado la pena impuesta, a los fines de subsanar el señalado error, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 282, segundo aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, realizar Cómputo Actualizado del prenombrado penado, a los fines de verificar la fecha en que el mismo cumplirá la pena que le fuera impuesta en indicada sentencia condenatoria. Para tales efectos, se observa que, el prenombrado penado fue detenido en fecha 04.06.2.010, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 30-11-2006, es decir por CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, le falta por cumplir SIETE (07) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y CINCO (05) DIAS, DE PRISION, que cumplirá el 04.10.2018, al finalizar el día. Remítase copia certificada del referido cómputo, con oficio, al Centro Penitenciario de la Región Andina. Líbrese oficio. Cúmplase.-

EL JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN No. 02


ABG. NOEL ENRIQUE PETIT LEAL

LA SECRETARIA: