REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, diecinueve de noviembre de Dos Mil Diez.

200º y 151º

Vista la diligencia que antecede de fecha 17 de noviembre de 2010 (folio 11), suscrita por el abogado en ejercicio LUIS JOSÉ SILVA, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual manifestó haber sufragado a través del Alguacil los gastos que conllevó la reproducción fotostática de los folios requeridos para la intimación de los demandados, este Tribunal observa que por cuanto la parte actora cumplió con lo requerido en el auto de admisión de la demanda de fecha 08 de noviembre de 2010 (folio 09 y vuelto), acuerda librar recibos de intimación, a los ciudadanos ADONAY DE JESÚS PARRA RODRÍGUEZ y TERESA SÁNCHEZ DE PARRA, plenamente identificados en autos; anexándoseles copia certificada del libelo de demanda y del auto de admisión, con la orden de comparecencia al pie, y entréguense al Alguacil de este Tribunal para que los haga efectivos. Para las respectivas compulsas, certifíquense por auto separado copia del libelo (folio 01 y 02) y del auto de admisión (folio 09 y su vuelto). Líbrense.

EL JUEZ TEMPORAL,


Abg. ANGEL GUSTAVO MOLINA PEÑALOZA
LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se libraron los recibos de intimación con sus respectivas compulsas y se entregaron al Alguacil de este Tribunal para su efectividad. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
AGMP/SQQ/yp.-