REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Ocho de Noviembre de Dos Mil Diez.
200º y 151º

Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, previa distribución, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por la empresa ADMINISTRADORA EL ROSENDAL, C.A., a través de su Apoderado Judicial abogado PABLO IZARRA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nro. V.- 2.455.595, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 5.299, de este domicilio y hábil, CONTRA: VARIEDADES CATENA, C.A., en la persona de su Presidente y Representante Legal ciudadano JUAN CARLOS ESTUPIÑAN, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 10.714.074, de este domicilio y hábil, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. En consecuencia, se ordena la citación de la demandada VARIEDADES CATENA, C.A., en la persona de su Presidente y Representante Legal ciudadano JUAN CARLOS ESTUPIÑAN, antes identificada, para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en auto la última citación que de la demandada se haga, en horas de despacho, a los fines de dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda para que el Alguacil de este Juzgado practique la citación. En cuanto a la medida solicitada por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZA,



ABOG./POLIT. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro. _______________ y se libraron recaudos de citación.

LA SRIA,