REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2010-000315
ASUNTO : LP11-P-2010-000315
EJECÚTESE DE DESTRUCCIÓN DE OBJETOS
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria, dictada por el Tribunal de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía de fecha 30/09/2010, inserta desde el folio 245 hasta el folio 255 de la causa, a favor del ciudadano ALBERTO SÁNCHEZ, quien manifestó ser venezolano, de 29 años edad, indocumentado, de oficio indefinido, hijo de María Eusebia Sánchez y de padre desconocido, domiciliado en el Barrio 23 de Enero, Parte Alta, Casa S/N° de zinc y plástico, El Vigía Estado Mérida, en el asunto recibido en la presente fecha, en consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: Por cuanto se observa que en el NUMERAL TERCERO DE LA DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA supra indicada, se acordó la destrucción de “… (Omissis)… una pipa artesanal color azul verde; un pantalón Jeans color azul y una franela color verde y amarillo marca SPORT EAGLE, una tijera de color negro, marca STAINLESS y un yesquero color azul, marca ZIG-ZAG, los cuales constan en la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-0050 de fecha 09/02/2010 que obra al folio 10 de las actuaciones, la cual se realizará en sede propia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía… (Omissis)…” (Cursivas de éste Tribunal de Ejecución); y siendo que de las referidas evidencias, se tiene que tanto la pipa artesanal color azul verde, el pantalón Jeans color azul y la franela color verde y amarillo marca SPORT EAGLE, ya fueron destruidas, por cuanto así consta en el contenido del Oficio N° 9700-230-3983 de fecha 21 de Julio de 2010 (folio 170), suscrito por el Lic. Rigoberto Moreno Carmona, Comisario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación El Vigía, Estado Mérida, mediante el cual se informa sobre la incineración de la droga incautada en autos, junto con las evidencias que se describen en el oficio LK11OFO2010002602 de fecha 13/07/2010 y el cual consta al folio 160 de las presentes actuaciones, las cuales se corresponden con la pipa artesanal color azul verde, el pantalón Jeans color azul y la franela color verde y amarillo marca SPORT EAGLE; y siendo que en relación a una tijera de color negro, marca STAINLESS y un yesquero color azul, marca ZIG-ZAG, también descritos en la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-0050 ya descrita (folio 10), debe éste Tribunal emitir pronunciamiento, y siendo así, es por lo que se ORDENA su DESTRUCCIÓN, para ser efectuada en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación El Vigía, Estado Mérida. De lo encomendado el Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación El Vigía, Estado Mérida, deberá remitir a éste Tribunal las resultas de las mismas, a la brevedad posible, so pena de incurrir en desacato. Líbrese el correspondiente oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones en mención.-
SEGUNDO: Notifíquese a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público.
Se fundamenta la presente decisión en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y artículos 4, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 21 de Octubre de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaría copia de la presente Decisión. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. THAMARA DEL CARMEN PUENTES DE TAVIRA
LA SECRETARIA
ABG.