REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 02
EXTENSIÓN EL VIGÍA
El Vigía, 05 de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2010-001134
ASUNTO : LP11-P-2010-001134

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Por cuanto, se recibió la presente causa procedente del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, mediante oficio N° 10647, a los fines de ejecutar la decisión de fecha 30-08-2010, mediante la cual se ordenó: “Tercero: De conformidad con lo establecido en el artículo 324 Constitucional, se ordena la remisión del arma de fuego incautada a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada nacional (Darfa), ubicada en Fuerte Tiuna, Caracas, Distrito Capital.” .

En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, procede al EJECÚTESE DE LA SENTENCIA, en los siguientes términos:

UNICO: Se ordena el comiso y destrucción de:

1.- Un (01) arma de fuego fabricación rudimentaria, comúnmente denominada “CHOPO”, empuñadura de madera color marrón fijada con un tornillo, se encuentra en buen estado de conservación, la recámara en la parte posterior del cañón tiene un diámetro que alberga una bala de calibre .38.

2.- Una (01) bala para arma de fuego calibre .38 Spl, marca CAVIM.

Lo mencionado se encuentra descrito en la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-319 de fecha 17-05-2004, suscrita por el funcionario JAVIER ABELARDO MÉNDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Su-Delegación El Vigía.

En consecuencia, ofíciese al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, a los fines de que proceda enviar el arma de fuego y bala mencionada a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada (DARFA), para su destrucción, instándole igualmente informe sobre la materialización de lo ordenado. Todo relacionado a la Investigación Fiscal Nº 14F6-0270-04, Planilla de Remisión Nº 192.


JUEZA DE EJECUCIÓN Nº 02

ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ


SECRETARIA

ABG. DORIS RAMÍREZ.