REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de octubre de dos mil diez.

200° y 151°

Vista la diligencia que antecede de fecha 5 del presente mes y año, suscrita por el profesional del derecho SAMUEL DARÍO MOLINA REINOSO, mediante la cual solicita el desglose del documento que obra agregado a los folios 228, 229, 230 y 231 del presente expediente; y por cuanto el Tribunal observa que dicho instrumento fue consignado por el peticionario y para la presente fecha se encuentra vencido el lapso legal para su tacha o desconocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, desglósese del presente expediente y entréguesele al peticionario el mencionado documento, y de conformidad con lo previsto en el precitado dispositivo legal déjese en su lugar copia fotostática certificada del mismo que deberá expedir el Secretario, debiendo éste insertar al pie de la copia el contenido del presente decreto y dejar constancia de la devolución en el referido documento. Cúmplase.

El Juez,


Daniel F. Monsalve Torres

EL Secretario,


Will Veloza Valero

En esta misma fecha, se efectuó el desglose ordenado en el auto que antecede.

El Secretario,


Will Veloza Valero

DFMT/wvv