REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, diecinueve de octubre de dos mil diez.-
200° y 151°
Vista la diligencia de fecha 18 de octubre de 2010, que obra del folio 30 al 33 del presente expediente, suscrita por la ciudadana NANCY COROMOTO RAMOS, en su condición de apoderada general y coordinadora General de la “ASOCIACIÓN CIVIL MARÍA ANTONIA URBINA”, parte demandada en el presente juicio debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ URBANO ALBORNOZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº 9.195.901, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.487 de este domicilio y jurídicamente hábil, mediante la cual consignó la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 185.500,oo) que comprende el saldo pendiente del pago estipulado en los literales “B” y “C” del convenio suscrito entre la parte actora y la parte demandada de fecha 26 de julio de 2010, mediante tres (3) cheques de gerencia desglosados de la siguiente forma: a) Cheque de gerencia Nº 76090085, del Banco Mercantil, a nombre de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 15 de octubre de 2010, por la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 80.000,oo); b) Cheque de gerencia Nº 00003174, del Banco de Venezuela, a nombre de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 15 de octubre de 2010, por la cantidad OCHENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 80.000,oo); c) Cheque de gerencia Nº 00555139, del Banco de Venezuela, a nombre de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 18 de octubre de 2010, por la cantidad de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 25.500,oo), este Tribunal, conforme a la Resolución N° 1680 de fecha 16 de marzo de 1.999, emanada del extinto Consejo de la Judicatura, acuerda remitir dichos cheques no endosable al Banco Bicentenario del Estado Mérida, por intermedio del Alguacil de este Juzgado mediante oficio en el que solicite a esa Entidad Bancaria la apertura de una CUENTA de AHORROS a nombre del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA a favor del ciudadano GUSTAVO JOSÉ RIVAS ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad Nº 10.103.749 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.528, domiciliado en Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, participándole igualmente que dicho depósito quedará bloqueado desde la fecha y momento de la apertura de la referida cuenta de ahorro, la cual no podrá ser movilizada por su titular, salvo autorización previa de este Tribunal, comunicada con oficio a la Institución Bancaria, donde se hará mención expresa de la parte autorizada o beneficiaria del retiro, de conformidad con el Artículo 6° de la citada Resolución, haciéndole así mismo las advertencias conducentes con arreglo a los artículos 7° y 8° eiusdem. Remítase Cheque con oficio.-
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se ofició al Banco Bicentenario del Estado Mérida con el Nº 605-2010. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-