REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Mérida, Diecinueve (19) de Octubre de 2010

200° y 151°

Por cuanto el Tribunal observa que los ciudadanos CARLOS ESTEBAN UZCATEGUI, LUIS ALFONSO GARCIA UZCATEGUI, RIGOBERTO GARCIA UZCATEGUI, MARGARITA UZCATEGUI DE RODRIGUEZ, fueron legalmente citados mediante carteles como consta en los folios 14, 10, 12 y 16, en su orden, de fecha Diez de Marzo del año en curso, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articulo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 444 y 899 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO EL DOCUMENTO de fecha 27 de Diciembre de 2009, el cual se refiere a CONVENIMIENTO DE TRASPASO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO EN EL ANEXO CABEZA DE AUTOS, y que obra inserto al folio tres (03), de las presentes actuaciones, quedando a salvo las acciones y excepciones que le correspondan, de conformidad con el articulo 1367 del CODIGO CIVIL.

LA JUEZA TITULAR:



ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA

LA SECRETARIA

ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA