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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
 Mérida, veintitrés (23) de septiembre de dos mil diez (2.010)
 200º y 151º
 
 ASUNTO: LP21-L-2010-000362
 ACTA  DE   DESISTIMIENTO
 
 PARTE ACTORA:
 MARIA DE LOS ANGELES MENDEZ VIELMA, venezolano,  mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.850.605, de este domicilio.
 
 ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA:
 ANA ALICIA LEAL MORENO,  inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros.  69.952.
 
 PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “PRODUCTORA VIVALDI C.A”, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el  Nº 74, Tomo A-5, de fecha 22 de diciembre  de 1.995.
 
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
 
 
 
 En el día hábil de hoy veintitrés  (23) de septiembre de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja  expresa constancia  DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE MARIA DE LOS ANGELES MENDEZ VIELMA, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151°.
 LA JUEZ TITULAR,
 
 
 ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ
 
 
 LA SECRETARIA
 
 
 ABG.  YURAHI GUTIERREZ
 
 
 
 
 
 
 
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