REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinte de septiembre de dos mil diez.
200º y 151º
Vista la inhibición del JUEZ TITULAR de este Tribunal, la cual obra inserta al folio 213 y vuelto del presente expediente, en consecuencia de conformidad con el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil Vigente, se ordena remitir original del presente expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que aquel Juzgado Civil al que corresponda por distribución, conozca de la presente causa, e igualmente se ordena remitir las copias cerificadas de las actas conducentes a la inhibición, al Juzgado Superior Civil Distribuidor del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 95 del Código de Procedimiento Civil. Ofíciese.-
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se remitió original del presente expediente en una (01) pieza y en 216 folios, más un (01) cuaderno separado constante de una (01) pieza en 07 folios, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, bajo el oficio Nº 519-2010. Igualmente se remitieron copias al Juzgado Superior con oficio Nº 520-2010. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinte de septiembre de dos mil diez.
200º y 151º
A los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, dictado en esta misma fecha, certifíquense por Secretaría copias fotostáticas de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 14 de marzo de 2.008 (folios 148 al 161), de la decisión dictada por el Juez Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante la cual declaró la nulidad de todo lo actuado y decretó la reposición de la causa (folios 187 al 199), del acta de inhibición (folios 213), y del auto mediante el cual se remite el expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida (folio 214) --actuaciones éstas insertas al presente expediente-- de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil e insértese al pie de la certificación el presente auto.-
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se expidió copia certificada de los folios 148 al 161, 187 al 199, 213 y 214 del presente expediente. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-