REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiuno de septiembre de dos mil diez.

200° y 151°

Vista la prueba promovida en fecha 20 de septiembre de 2.010 (folio 202), por las abogados en ejercicio MARLY G. ALTUVE UZCATEGUI y MARVIS DEL C. ALBORNOZ ZAMBRANO, en su condición de parte actora en el presente juicio, con ocasión de la incidencia surgida por una articulación probatoria, este Tribunal la tiene por agregada y estando dentro del lapso legal para admitirla, este Tribunal pasa a providenciar la prueba en la forma siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA:


1.- PRUEBA DE INFORMES: En cuanto a la prueba de informes promovida en el escrito de pruebas, este Juzgado admite la misma cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y para su evacuación de conformidad con el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a que informe sobre lo siguiente:
a) Si en los Libros de Préstamo de Expedientes al Público en General y a los Abogados llevado por el Archivo de dicho Juzgado desde el 05-08-2.008 hasta el 07-11-2.008, aparecen las gestiones de solicitud y el préstamo del expediente Nº 22.379 seguido en el referido Tribunal, que las ciudadanas Marly Altuve y Marvis Albornoz, ya identificadas, realizaron los siguientes días de despacho: 13-08-2.008; 22-09-2.008; 29-09-2.008; 07-10-2.008, 13-10-2.008; 14-10-2.008; 20-10-2.008; 10-11-2.008; 11-11-2.008; 02-12-2.008; 09-01-2.009; 09-01-2.009; 10-01-2.009; 12-01-2.009; 14-01-2.009; 19-01-2.009; 20-01-2.009; 22-01-2.009; 26-01-2.009; 30-01-2.009; 05-02-2.009; 06-02-2.009; 09-02-2.009; 12-02-2.009; 17-02-2.009; 19-02-2.009; 25-02-2.009; 05-03-2.009; 06-03-2.009; 09-03-2.009; 24-03-2.009; 30-03-2.009; 15-04-2.009; 27-04-2009; 15-05-2009; 18-05-2.009; 04-06-2.009; 10-06-2.009; 17-06-2.009; 29-06-2.009; 08-07-2.009; 26-07- 2.009; 29-07-2.009; 03-08-2.009; 07-08-2.09; 07-08-2.009; 13-08-2.009; 26-10- 2.009; 30-10- 2.009; 06- 11- 2.009 y 11-11- 2.009.
b) A que informe igualmente a este Tribunal si en los referidos Libros de Préstamo de Expedientes al Público en General y a los Abogados llevado por el Archivo de ese Juzgado, los días de despacho antes señalados, aparecen los nombres y apellidos de las ciudadanas MARLY G. ALTUVE UZCATEGUI y MARVIS DEL C. ALBORNOZ ZAMBRANO, los números de cédulas de identidad y las firmas que suscribieron al momento del préstamo y la entrega del expediente civil Nº 22.379; emitiendo los respectivos informes sobre estos hechos litigiosos que aparecen en dichos libros o copia de los mismo. Ofíciese.
EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se providenció la prueba promovida por la parte actora. Para la evacuación de la prueba de informes se ofició Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio N° 528-2010. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-
Exp.10113