REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, catorce (14) de abril de dos mil once (2.011)
200º y 152º

ASUNTO: LP21-L-2009-000151

ACTA DE CONCILIACION

PARTE ACTORA: CELANI MARGARITA LACRUZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.713.635, de este domicilio.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
LUIS CAMINOS, ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ, MARÍA VIRGINIA PERNÍA RAMÍREZ, NANCY JOSEFINA CALDERÓN TREJO, ANA ALICIA LEAL MORENO, JHOR ANGEL FAJARDO, LUIS CAMINOS, HENRY DOMINGO RODRIGUEZ, RONALD EDUARDO CALDERON, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº.69.755, 70.173, 69.952, 91.089, 103.174, 109.174, 109.925, 91.088, 108.464, 101.915, 60.952, y 118.427, respectivamente., inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 76.286 Y 28.739, en su orden.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “COMERCIAL OCCIDENTE, C.A”
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA:
TERESA RAMIREZ Y JULIO CESAR SANDOVAL, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.016 y 5.389, respectivamente.
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales

En el día hábil de hoy jueves catorce (14) de abril de 2011, siendo las 10:00 de la mañana, acuden voluntariamente a la presente Audiencia en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora CELANI MARGARITA LACRUZ HERNANDEZ y su coapoderado Abg. LUIS CAMINOS, en su condición de Procurador Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida, cuyo poder corre al folio 27 , asimismo, se encuentra presente la parte demandada Sociedad Mercantil “COMERCIAL OCCIDENTE, C.A”, en la persona de Carlos Rojo Moret, en su condición de Presidente asistido de los Abg. TERESA RAMIREZ Y JULIO CESAR SANDOVAL. Dándose inicio a la audiencia y una vez iniciada la misma manifiestan que a los fines de dar cumplimiento a la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 02 de julio de 2010, la demandada ofrece pagar a la trabajadora reclamante la cantidad de ONCE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 11.178,54) cuyo monto será pagado de la siguiente manera: En este mismo acto la cantidad de Bs. 5.600,00 en dinero efectivo y para el día 15 de mayo de 2.011 la cantidad restante de Bs. 5.589,27 en las instalaciones de esta Coordinación, con cuyo monto y forma de pago manifestó la trabajadora estar de acuerdo, por tal razón solicitó la homologación del acuerdo.----------------------------------------------------------------
Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa el acuerdo de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 9 del Reglamento que rige la materia especial y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se abstiene del cierre y archivo del expediente hasta tanto conste el pago total de la obligación. Cópiese y Publíquese.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los catorce (14) días del mes de abril de Dos mil once (2.011).-
LA JUEZ TITULAR,

ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ


La parte actora y su apoderado,



La parte demandada y sus abogados asistentes,



LA SECRETARIA,


ABG. NORELIS CARRILLO