REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, trece de abril de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: LP31-L-2011-000028
PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO PARADA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE LUIS TORRES.
PARTE DEMANDADA: EMILCE MARQUEZ y ORLANDO MOLINA MORALES
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LUISA ANTONIA PIÑERO DE VERGARA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


SENTENCIA

En el día de hoy, miércoles trece (13) de abril del año 2011, siendo las 02:30 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: BETY EMILSE MARQUEZ CONTRERAS Y ORLANDO MOLINA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°V-10.238.092 y 5.561.335, en su condición de parte demandada, asistido por la abogado en ejercicio: LUISA ANTONIA PIÑERO DE VERGARA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 23.788, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que se hace entrega a la parte demandada de su escrito de pruebas constante de dos folios sin anexos. PUBLIQUESE, CERTIFIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ

Abg. REINA RONDON LA SECRETARIA.

Abg. IVETT ARISTIMUÑO.



PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE.