REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación
Mérida, veintisiete (27) de Abril de Dos Mil Once.
201º y 151 º
Asunto Nro.03582
Visto: la diligencia de fecha veintinueve (29) de Marzo del año 2011º, presentada por la abogada en ejercicio SOFIA CHONG GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.040; en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MARBI JOSEFINA LOPEZ ROMERO, representante legal, de la ciudadana MERLIN KATIUSKA VIVAS LOPEZ y YESICA DEL CARMEN VIVAS LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-14.277.015 y V-14.277.014 y la adolescente OMITIR NOMBRE, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-26.052.024 quien solicita el complemento de la Autorización Judicial para la Partición Amistosa de fecha doce (12) de noviembre del año 2009, en virtud de que para la oportunidad de presentar ante el Registro Subalterno del Municipio Libertador, el documento de Partición Amistosa, para su protocolización, de la revisión del protocolo respectivo se observo que existe una venta de fecha 6 de Febrero de 1997, protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Libertador, Mérida, registrado bajo el numero 46, protocolo Primero tomo 14, trimestre Primero del referido año; de parte del terreno que forma parte del inmueble ubicado en el sitio denominado Santa Rosa, Av. Alberto Carnevali, Nº 0-689 y por cuanto se desconocía la existencia de dicha negociación para el momento de la Declaración Sucesoral no se considero; por lo cual existe disconformidad, ya que no es el terreno en su totalidad ni las mejoras, es el resto de uno de mayor extensión y por tanto se modifican el área medidas y linderos del inmueble referido. quedando por tanto como consecuencia de lo anteriormente expuesto, con respecto a lo citado en el Documento de Partición Amistosa en el numeral primero: El 100% sobre el valor total de un terreno, el cual es el resto de uno de mayor extensión, cuya área medidas y linderos, constan en el plano de mensura, aprobado por el Departamento de Catastro de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha seis (06) de julio de dos mil diez (2.010); posee un área de ciento setenta y siete metros cuadrados con veintiocho metros cuadrados (177,28 m2) y se encuentra comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: Por el Frente: En una extensión de siete metros con sesenta y cuatro centímetros (7,64 mts.) con la carretera Santa Rosa; Por el Fondo: En una extensión de cinco metros con setenta centímetros (5,70 mts.) con inmueble que es o fue de Lucio Paredes Castillo; Por el Costado Derecho (v.f.): En línea quebrada, primero en una extensión de veinte metros con sesenta centímetros (20,60 mts.) y luego en una extensión de tres metros con sesenta centímetros (3,60 mts.) con paso de servidumbre y Por el Costado Izquierdo (v.f.): En línea quebrada, primero en una extensión de veintiún metros con ochenta centímetros (21,80 mts.) y luego en una extensión de un metro con veinte centímetros (1,20 mts.) con inmueble que es o fue de Leopoldo Villarreal. Así mismo como efecto de lo anterior al citar dicho inmueble en lo que concierne a las adjudicaciones queda de la siguiente manera: PRIMERA ADJUDICACIÓN: Se le adjudica de plena propiedad a la adolescente OMITIR NOMBRE, antes identificada, el cincuenta y un por ciento (51%) de los derechos y acciones del inmueble identificado en el numeral Primero constituido por un terreno, el cual es el resto de uno de mayor extensión, ubicado en el sitio denominado Santa Rosa, Av. Alberto Carnevali, No. 0-689, Quinta Yesmerlin, Calle Principal, Sector La Hechicera, jurisdicción de la Parroquia Milla, Municipio Libertador, Mérida, Estado Mérida.SEGUNDA ADJUDICACION: Se le adjudica de plena propiedad a la ciudadana MERLIN KATIUSKA VIVAS LOPEZ, antes identificada, 1.- Se le adjudica de plena propiedad el treinta por ciento (30%) de los derechos y acciones del inmueble identificado en el numeral Primero: Constituido por un terreno, el cual es el resto de uno de mayor extensión, ubicado en el sitio denominado Santa Rosa, Av. Alberto Carnevali, No. 0-689, Quinta Yesmerlin, Calle Principal, Sector La Hechicera, jurisdicción de la Parroquia Milla, Municipio Libertador. TERCERA ADJUDICACION: Se le adjudica de plena propiedad a la ciudadana YESICA DEL CARMEN VIVAS LOPEZ, antes identificada 1.- Se le adjudica de plena propiedad el diecinueve por ciento (19%) de los derechos y acciones del inmueble identificado en el numeral Primero: Constituido por un terreno, el cual es el resto de uno de mayor extensión, ubicado en el sitio denominado Santa Rosa, Av. Alberto Carnevali, No. 0-689, Quinta Yesmerlin, Calle Principal, Sector La Hechicera, jurisdicción de la Parroquia Milla, Municipio Libertador……………………... En Consecuencia se ORDENA hacer la ACLARATORIA en los términos antes mencionados al contenido de la decisión de Autorización Judicial para Partición de Bienes, dictada por este despacho en fecha doce (12) de noviembre del año 2009, expediente civil Nº 03582, todo de conformidad con el contenido y alcance del articulo 252 del Código de Procedimiento Civil en armonía con la Decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha veinte de junio del dos mil dos (2002), es por ello, que mediante el presente auto se complementa la Autorización para Partición. Certifíquese por secretaria el presente auto de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y entréguese copia debidamente certificada del presente auto a la parte interesada. CÚMPLASE.--
LA JUEZA
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. LINDA GUILLEN VERGARA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
ZGR/03582.-
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