REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 30 de abril de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-001070
ASUNTO : LP11-P-2011-001070

Visto el escrito formulado por las Abg. TERESA DE JESUS RODRIGUEZ VILLEGAS Y GEMA NINOSKA PEREZ LOZANO, en su condición de Fiscal Décimo Octava del Ministerio Público y Auxiliar Fiscal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, recibido por este tribunal en fecha 29 de abril de 2011, donde solicita se decrete el Sobreseimiento en la presente causa de conformidad con el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Este juzgador pasa a considerar lo siguiente:
I
DE LOS HECHOS

En fecha 20 de agosto de 2005 siendo aproximadamente las 10:00 horas de la noche, el adolescente SANCHEZ MARQUEZ JOSE SILVIO, se encontraba en la bodega “LA HOYADA” ubicada cerca de su residencia, en compañía de unos amigos tomándose unas cervezas, cuando llego el ciudadano MANUEL DE JESUS MARTINEZ HERNANDEZ y saco a la esposa de el a golpes del lugar, mas tarde el adolescente se dirigía a su casa y en el camino se encontró discutiendo a dicho ciudadano con su mujer, el mismo al verlo lo paro y se le fue encima a pegarle con una botella a lo cual este metió la mano y resulto cortado.
II
RAZONES DE HECHO

Cursa Acta de Denuncia de fecha 22 de agosto de 2005, por ante la comisaría policial Nº 4, subdelegación Policial Nº 12, el Vigía estado Mérida, por el adolescente SANCHEZ MARQUEZ JOSE SILVINO

Cursa Acta Medico legal de fecha 9700-230-MF-958 de fecha 31 de agosto de 2005, emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, medicatura forense el Vigía estado Mérida.

Cursa Acta de Investigación Penal de fecha 05 de septiembre de 2005, emanada por la fiscalia Décimo Octava del Ministerio Publico del estado Mérida, en perjuicio del adolescente SANCHEZ MARQUEZ JOSE SILVINO.

Cursa Acta de inspección técnica Nº 1176 de fecha 09 de septiembre de 2005, emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas subdelegación el Vigía estado Mérida.

Cursa Acta de Investigación Penal, de fecha 14 de septiembre de 2005, emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas subdelegación el Vigía estado Mérida.

Cursa Acta de nacimiento Nº 448, emanada por la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Obispo Ramos de Lora del estado Mérida perteneciente a SANCHEZ MARQUEZ JOSE SILVINO.

Cursa Acta de Investigación Penal, de fecha 14 de septiembre de 2005, emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas subdelegación el Vigía estado Mérida.

III
RAZONES DE DERECHO

Fijados los hechos y de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que se dio inicio a la presente investigación por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Venezolano, donde figura como victima el ciudadano SANCHEZ MARQUEZ JOSE SILVINO y como investigado el ciudadano MANUEL DE JESUS MARTINEZ HERNANDEZ.

Observa este juzgador que el delito anteriormente señalado se encuentra sancionado con la pena de prisión de tres (03) a seis (06) meses. En razón de lo previsto en el articulo 108 ordinal 6 del código penal, establece un lapso de prescripción ordinaria de un año, el articulo 109 ejumdem establece que la prescripción para los hechos punibles consumados comenzara desde el día de la perpetración. En el presente caso el hecho ocurrió en fecha 20 de agosto de 2005, hasta el día de hoy, determina que la acción penal se encuentra evidentemente prescrita.

Por tales motivos considera quien aquí juzga que esta ajustado a derecho el pedimento hecho por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del ciudadano MANUEL DE JESUS MARTINEZ HERNANDEZ. Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad V-16.743.575, residenciado en el Barrio Campo Alegre entrando al Barrio San José, calle principal Casa s/n el Vigía Estado Mérida. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes, si no es posible la notificación del investigado y la víctima notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitir la misma al Archivo Judicial. Y así se decide.


ABG. ELEAZAR LEON MORIN AGUILERA
JUEZ (T) TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA


ABG. THAIS MARQUEZ
SECRETARIA