REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

P O D E R J U D I C I A L
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO MÉRIDA.

Mérida, trece (13) de abril de 2011.
200º y 151º
CAUSA: S2- 1495-11
JUEZ: ABG. YOLY CARRERO MORE.
SOLICITANTE: ABGS. SANDRA MACCHIARULO y JACKELINE DEL VALLE BARRIOS.

AUTO FUNDADO RESOLVIENDO SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN:
Revisado como ha sido el escrito presentado por la Abogadas SANDRA MACCHIARULO y JACKELINE DEL VALLE BARRIOS, en su carácter de Fiscal Titular y Auxiliar Décima Segunda del Ministerio Público de esta Entidad Federal, en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 285 numeral 4º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en armonía con el Articulo 45 numeral 2º de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, y con los Artículos y 650 literal (c) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante el cual solicita la expedición de una ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del adolescente : (IDENTIDAD OMITIDA), de nacionalidad venezolano, natural del estado Mérida, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 31-03-1993, soltero, titular de la cedula de identidad N°V-(RESERVADO), residenciado en (reservado), municipio campo Elías del estado Mérida, hijo de (reservado), por su presunta participación del adolescente anteriormente identificado, como autor del delito de HOMICIDIO CALIFICADO en perjuicio de YEFERSON JOSE OSORIO POSADA; por todo ello este Tribunal para decidir observa:

La Fiscalía solicita se DECRETE ORDEN DE APREHENSION en contra del adolescente de marras, por considerar ese Despacho Fiscal que el delito por el cual esta siendo investigado dicho adolescente es uno de los delito graves de los señalados en el articulo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, merecedores de una privación de libertad como sanción definitiva, basada en el articulo 26 constitucional evitando que los delitos por los cuales se le investiga no quede impune, en virtud de que los uno de los delitos es un delitos graves. ( homicidio)--

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO:

En relación a la petición antes señalada, este tribunal establecida por la Fiscal del Ministerio Público del Estado Mérida, se revisó exhaustivamente las actuaciones, con lo cual se ha constatado que se han llevado a cabo las diligencias pertinentes para determinar la posible responsabilidad penal del adolescente de marras. En consecuencia, este tribunal de control, ante la solicitud de orden de aprehensión, debe verificar si los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se encuentran satisfechos para emitir o no la mencionada orden de aprehensión, y considera esta juzgadora que el presente caso encuadra dentro de las exigencias legales requeridas por el mencionado artículo 250 numerales 1,2 y 3 de la ley penal adjetiva en concordancia con el artículo 251 y 252 ejusdem ; en las cuales figuran los siguientes elementos de convicción:


1.- DEL ACTA DE INVESTIGACION PENAL N° k-11-0262-00726, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL FUNCIOARIO AGENTE DE INVESTIGACION HUMBERTO ANDRES BARBOZA CASTELLANOS, ADSCRITIO AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB DELEGACION MERIDA, el cual deja constancia de los siguiente: se recibe llamada telefónica de parte del distinguido Altuve Yenni adscrita a la Comisaría Segunda de Ejido, informando que el ambulatorio tipo 3 de ejido, ingreso el cuerpo sin vida de un ciudadano del sexo masculino, con heridas producidas por el paso de proyectil disparado por un arma de fuego. Sin aportar mas datos al respecto. … (Folio 01 de la investigación).

2.-DEL ACTA DE INVESTIGACION POLICIAL DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL AGENTE DE INVESTIGACION II GABRIEL GUERRERO, adscritos al cuerpo al departamento de ciencias forenses del cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, quién deja constancia de la siguiente diligencia de investigación: Iniciando con las actas procesales que guardan relación con la averiguación K-11-0262-00726, que se instruye por la comisión de uno de los delitos contra las personas (homicidio), me traslade en compañía del funcionarios AGENTE DE INVESTIGACION AMABLE ARAUJO, a bordo de la unidad furgoneta hacia la siguiente dirección: EJIDO AVENIDA CENTENARIO ESPECIFICAMENTE AL AMBULATORIO URBANO III DR CESAR AUGUSTO RUIZ, DEL MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, a fin de indagar sobre los hechos que se investigan así como también de realizar inspección técnica del cadáver. Una vez presentes, en la dirección referida, nos entrevistamos con el medico de guardia Renato del Canio, cedula de identidad N°V-16.933.930, MSDS 59460, CM 6234, a quién le manifestamos el motivo de nuestra presencia manifestándonos el mismo que efectivamente siendo las diez horas de la noche del día de ayer siete de abril del año 2011, ingreso sin signos vitales una persona adulta de sexo masculino, presentando heridas por armas de fuego, procedente del sector bella vista, municipio campo Elías del estado Mérida, así mismo que minutos después ingreso una persona adulta del sexo masculino, que se identifico como JESUS RANGEL de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad N°V-20.433.528, y quien presentaba traumatismo frontal facial izquierdo y por la magnitud del traumatismo fue referido hacia el IHULA y que dicho ciudadano presuntamente guarda relación con la presente averiguación, desconociendo mas datos al respecto; acto seguido ingrese al pasillo del área de emergencia del referido nosocomio, con la finalidad de realizar el examen externo del cadáver, una vez presente en el referido lugar se aprecia sobre una camilla metálica de color gris, el cadáver de una persona adulta de sexo masculino, portando como vestimenta, una franela del tipo chemise, de color morada, marca aeropostal, talla s/p, impregnada de una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hematica, un pantalón tipo jeans de color azul, marca desiree americano, sin talla aparente impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática donde se procede a despojar de su vestimenta y se rotula como evidencia de interés criminalístico, se aprecia en decúbito dorsal con sus extremidades superiores e inferiores extendidas y paralelas al cuerpo, por lo que se procedió a realizar una minuciosa inspección corporal donde se logro visualizar las siguientes heridas: 1.-una herida a nivel de la región supra escapular. 2.-una herida a nivel de la región del costal derecho. 3.-una herida a nivel de la región del costal derecho. 4.-una herida a nivel de la región del infra escapular. 5.- una herida a nivel de la región del supra pectoral. 6.- una herida a nivel de la región del esternón. 7.- una herida a nivel de la región de la fosa iliaca. 8.- una herida a nivel de la cara anterior del brazo izquierdo. 9.- una herida a nivel de la cara interior del brazo izquierdo. 10.- una herida a nivel de la región de la cara anterior del brazo derecho. 11.- una herida a nivel interior del brazo derecho, 12.- una herida a nivel de la región del costado izquierdo. 13.- una herida a nivel de la región costal derecha, asi mismo el cadáver presenta las siguientes características físicas y fisionómicas: piel blanca, contextura delgado, cabello castaño oscuro corto, de 1,72 mts, ojos pequeños, nariz pequeña, boca grande, cejas pobladas y separadas, acto seguido se procede a fijar fotográficamente el cadáver en forma general y particular; una vez fuera del referido nosocomio, se apersono una ciudadana que se identifico como RUBY DE RIVAS, quién es tía biológica del hoy occiso y quién identifico plenamente como: JEFERSON JOSE OSORIO POSADA, nacionalidad venezolana, natural de Barinas estado barinas, fecha de nacimiento 25/09/1990, de 20 años de edad, soltero, profesión u oficio comerciante, titular de la cedula de identidad N°V-19.613.697, asi mismo me entreviste con el ciudadano ZAMBRANO JESUS, (se reserva datos filiatorios), quien me manifestó que siendo aproximadamente las nueve horas de la noche del día 07 de abril del año dos mil once, se encontraba en el sector bella vista , calle 02, municipio Campo Elías del estado Mérida, cuando de repente llego un vehículo con placas de taxi de color blanco, bajándose dos sujetos siendo uno de ellos el apodado el CHEVELO, desenfundo un arma de fuego y empezó a disparar en contra de los presentes; posteriormente me entreviste con la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), quién nos manifestó que siendo aproximadamente las nueve de la noche ella se encontraba en su residencia y que su concubino el hoy occiso se encontraba al frente de la licorería el acuario, compartiendo con unos amigos cuando de pronto escucho varias detonaciones y salió a ver que sucedía se percato que a su concubino lo habían ajusticiado era el apodado el CHEVELO, acto seguido nos trasladamos hacia la siguiente dirección: URBANIZACION BELLA VISTA, CALLE 2, FRENTE A LA VIVIENDA SIGNADA CON EL NUMERO 17, MUNICIPIO CAMPO ELIAS ESTADO MERIDA, a fin de realizar inspección técnica del sitio del hecho y demás averiguaciones entorno de la presente una vez en la referida dirección nos entrevistamos con una comisión de las fuerzas armadas policial del estado Mérida (FAPEM), que estaban resguardando el sitio del suceso al mando del Sargento PEÑA JOSE GREGORIO, a quien le manifestamos el motivo de nuestra presencia y quien nos manifestó que efectivamente en dicho sector había ocurrido el hecho y que ellos habían identificado al ciudadano JESUS RAFAEL RANGEL MERCADO, de nacionalidad Venezolana, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 28-03-1990, residenciado en las residencias Agua Clara, torre 4, apartamento 1-1, municipio Campo Elias del estado Merida, titular de la cedula de identidad N°!20.433.528, quien era el chofer de la motocicleta que colisionó momento antes de que ajusticiaran al hoy occiso JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA, y fue la persona que realizo una llamada telefónica al ciudadano apodado el CHAVELO, quien es el autor material de la presente causa, así mismo que la motocicleta que era conducida para el momento de los hechos se encontraba en el centro de coordinación 2 Ejido Municipio Campo Elías del estado Mérida, seguidamente se procedió a realizar una minuciosa búsqueda de elementos de interés criminalísticos logrando colectar como evidencias de nuestro interés lo siguiente: cuatro conchas de calibre 9mm, percutidas marca LUGER PMC; un teléfono celular, de color negro, marca Samsun, un pulsa de motocicleta fracturado, dos proyectiles con blindaje parcialmente deformado, dicha evidencia fue rotulada como evidencia de interés criminalístico, así mismo se parecía al frente de la vivienda signada con el numero 17 del referido sector una mancha de sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, la cual fue colectada con la técnica del macerado, acto seguido se observa que en la puerta tipo santa María de color blanco de la licorería el acuario, existe una abolladura producida por el contacto con un objeto de mayor o igual cohesión molecular, una vez realizadas dichas diligencias, nos trasladamos hasta la siguiente dirección AVENIDA FERNANDEZ PEÑA, ESPECIFICAMENTE HASTA EL CENTRO DE COORDINACION POLICIAL NUMERO 02 DE EJIDO MUNICIPIO CAMPO ELIAS DEL ESTADO MERIDA, con la finalidad de realizar inspección técnica al vehiculo que era conducido por el ciudadano JESUS RAFAEL RANGEL MERCADO, donde una vez presente en la referida dirección nos entrevistamos con el sargento PEÑA JOSE GREGORIO, quien nos permitió el acceso al referido lugar y donde se procedió a realizarle la respectiva inspección técnica al vehiculo clase motocicleta, tipo paseo, marca LONCIN, Modelo LX2006Y-20, color negro y Rojo, placa AA6T02K, posteriormente nos trasladamos hasta: EL INSTITUTO AUTONOMO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LOS ANDES, UBICADO EN LA AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTDO MERIDA, a fin de dejar en la sala anatomopatológica el cuerpo sin vida de la persona quien en vida respondía el nombre de JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA, para que le sea practicada la respectiva autopsia de ley, una vez practicada esta diligencia nos trasladamos hasta la emergencia de adulto con la finalidad de verificar el estado de salud del ciudadano imputado JESUS RANGEL, de 21 años de edad, donde una vez presentes en el lugar antes mencionado sostuve entrevista con el medico de guardia por la emergencia de adulto quien me manifestó que el ciudadano se encontraba estable y que su diagnostico es traumatismo craneoencefálico, seguidamente retornamos hasta la sede de este despacho con el fin de verificar ante el sistema de investigación e información Policial SIPOL, si el hoy occiso presenta registros policiales o solicitud alguna, una vez presentes en la sede de este despacho procedí a introducir los datos de dicho occiso arrojando como resultado que si le pertenecen los datos y el mismo no presenta antecedentes policiales, ni registro ni solicitud alguna por ante el sistema así mismo verifique al ciudadano JESUS RAFAEL RANGEL MERCADO, arrojando como resultado que si le pertenecen los datos y el mismo no presenta antecedentes policiales ni registro o solicitud alguna por ante el sistema, así mismo verifique por el sistema el vehiculo motocicleta, placa AA6T02K, donde pude constatar que la misma no registra, de igual manera se deja constancia que el cadáver se encuentra en la sala de anatomopatologia del IHULA, Para la autopsia de ley y los ciudadanos SOSA ROJAS ROXINI, DUGLIMAR, RUBY DE RIVAS, ZAMBRANO JESUS, fueron trasladados hasta la sede de este despacho con la finalidad de tomarles las declaraciones entorno a la presente causa, así mismo se acota que la evidencia fue rotulada, embalada y debidamente colectada para su posterior experticias de rigor y a la orden de la fiscalía primera del Ministerio Publico. Es todo…. (folio 02 y su vuelto, 03 y su vuelto)

3.-DEL ACTA DE INSPECCION TECNICA N°1395, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS AGENTE DE INVESTIGACION I AMABLE ARAUJO Y GABRIEL GUERRERO, adscritos al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Merida, los cuales dejan constancia que la misma fue practicada en la siguiente dirección: AVENIDA CENTENARIO ESPECIFICAMENTE EN EL AMBULATORIO URBANO III DR CESAR AUGISTO RUIZ DEL MUNICIPIO CAMPO ELIAS DEL ESTADO MERIDA, dejando constancia de lo siguiente: En el precitado lugar se aprecia sobre una mesa metálica de las utilizadas para practicar autopsias, el cuerpo inerte de un ciudadano de sexo masculino en decúbito dorsal, con las extremidades inferiores paralelas al cuerpo, desprovisto de vestimenta el occiso presenta las siguientes características físicas y fisionómicas piel blanca, contextura delgado, cabello castaño oscuro corto, de 1,72 mts, ojos pequeños, nariz pequeña, boca grande, cejas pobladas y separadas, al realizar el examen externo del cadáver presenta las siguientes heridas: 1.-una herida a nivel de la región supra escapular. 2.-una herida a nivel de la región del costal derecho. 3.-una herida a nivel de la región del costal derecho. 4.-una herida a nivel de la región del infra escapular. 5.- una herida a nivel de la región del supra pectoral. 6.- una herida a nivel de la región del esternón. 7.- una herida a nivel de la región de la fosa iliaca. 8.- una herida a nivel de la cara anterior del brazo izquierdo. 9.- una herida a nievl de la cara interior del brazo izquierdo. 10.- una herida a nivel de la región de la cara anterior del brazo derecho. 11.- una herida a nivel interior del brazo derecho, 12.- una herida a nivel de la región del costado izquierdo. 13.- una herida a nivel de la región costado derecho, IDENTIFICACION DEL CAVADER: este queda identificado y registrado en los libros de la sala de anatomía patológica del Hospital universitario de los andes como JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA, de nacionalidad Venezolana, natural de Barinas, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 25-09-1990, soltero de profesión u oficio comerciante, se procede a fijar fotográficamente al occiso en carácter general y de detalle es todo en cuanto tenemos que informar. (folio 04 de las actas de investigación).

4.-DEL ACTA DE INSPECCION TECNICA N°1389, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS AGENTE DE INVESTIGACION I AMABLE ARAUJO Y GABRIEL GUERRERO, adscritos al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub. delegación Mérida, los cuales dejan constancia que la misma fue practicada en la siguiente dirección: BELLA VISTA, CALLE DOS, ESPECIFICAEMNTE FRENTE A LA LICORERIA ACUARIO, MUNICIPIO CAMPO ELIAS DEL ESTADO MERIDA, los cuales dejan constancia de los siguiente: El lugar a inspeccionar resulta ser un sitio abierto, expuesto a la vista del publico, a su libre acceso, al transito automotor, con iluminación artificial temperatura ambiental fresca y buena visibilidad, todos estos aspectos presentes para el momento de proceder a llevar a cabo la respectiva inspección técnica; correspondiente a una vía publica, de doble vía de circulación automotor, conformada por asfalto, que da acceso a la avenida centenario y al sector aguas calientes, así mismo se observa varias viviendas del tipo familiar, presentando su fachada revestidas en pintura de color rosado, con un aviso donde se lee entre otros “BAZAR”, y adyacente a la misma se encuentra un poste de electricidad de color negro, tomando como punto de referencia a una distancia de un metro cuarenta centímetros se localiza una concha de la marca luger, del calibre 9mm, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 1, a una distancia de cuarenta centímetros con respecto a la concha se ubica un artefacto eléctrico del denominado CELULAR, de la marca SAMSUN, de color negro, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 2, adyacente al mismo se observa una pieza metálica la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 3, seguidamente se ubica otra vivienda del tipo familiar, signada con el numero 17, exhibiendo su fachada principal revestida en pintura de color verde, protegida su entrada principal con rejas metálicas de color blanco, y un poste de electricidad de color negro, frente a la misma sobre el pavimento se parecía una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática, de la cual se colecta por medio del método del macerado, así mismo a una distancia de un metro y cuarenta y seis centímetros con respecto a la vivienda, se localiza sobre el pavimento una concha del calibre 9mm, de la marca luger, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 4, a una distancia de ochenta centímetros con respecto al poste de electricidad, se ubica una concha del calibre 9mm, de la marca luger, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 5, a una distancia de cuarenta y cuatro centímetros de longitud con respecto al poste de electricidad, se localiza una concha del calibre 9mm, de la marca luger, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 6, y a una distancia de veinticinco centímetros de longitud con respecto a la pared frontal del lado derecho de la vivienda, se localiza un proyectil blindado, deformado producto del fuerte impacto que sufrió al chocar con otra superficie de igual o mayor cohesión molecular, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalístico y se rotula con el numero 7, y a seis centímetros con respecto al portón metálico de color blanco de la vivienda signada con el numero 17, se localiza otro proyectil blindado, deformado, producto del fuerte impacto que sufrió al chocar con otra superficie de igual o mayor cohesión molecular, la cual se procede a colectar como evidencia de interés criminalistico y se rotula con el numero 8, así mismo se deja constancia que el sitio del hecho y las evidencias fueron fijadas fotográficamente de carácter general y particular. Es todo …(folio 05 y su vuelto 06)

5.-DEL ACTA DE INSPECCION TECNICA N°1394, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS AGENTE DE INVESTIGACION I AMABLE ARAUJO Y GABRIEL GUERRERO, adscritos al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sib delegación Merida, los cuales dejan constancia que la misma fue practicada en la siguiente dirección: DENTRO DEL CENTRO DE COORDINACION POLICIAL EJIDO, MUNICIPIO CAMPO ELIAS DEL ESTADO MERIDA, los cuales dejan constancia de lo siguiente: el lugar a inspeccionar resulta ser un sitio cerrado no expuesto a la vista del publico ni a su libre acceso ni a la intemperie, de iluminación natural y artificial, temperatura ambiental fresca y buena visibilidad, todos estos aspectos presentes al momento de proceder a llevar a cabo la respectiva inspección; correspondiente a el estacionamiento lugar donde apreciamos aparcado un vehiculo automotor con la siguientes características. Marca LANCIN, modelo LX 200GY-2C tipo motocicleta de color negro, tipo paseo, de uso particular sin nada con la placa de matriculación AA6T02K, serial de carrocería LLCJYL2058BC40006, el cual al ser inspeccionado se aprecia la carrocería en regular estado de uso y conservación, así mismo se observa del lado derecho que presenta estrías de fricción por un objeto de mayor o igual cohesión molecular, de igual manera se aprecia que esta desprovisto del retrovisor del lado derecho. ¨ es todo cuando tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó. (folio 07 y su vuelto )

6.-REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA N°434, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, FUNCIONARIO QUE COLECTA Y CUSTODIA LA EVIDENCIA ARAUJO AMABLE credencial N°34231, rango agente de investigación adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida evidencias colectadas: 1.-cuatro (04) conchas marca PMC modeli luger 9mm, 2.- dos (02) proyectiles blindados parcialmente deformados, funcionario que recibe la evidencia RAMIREZ JEAN, credencial 31609, fecha de recibido 08-04-11. (folio 08 de las actas)

7.-REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA N°435, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, FUNCIONARIO QUE COLECTA Y CUSTODIA LA EVIDENCIA ARAUJO AMABLE credencial N°34231, rango agente de investigación adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida evidencias colectadas: 1.-un pantalón tipo jeans, de color azul, marca DESIREE AMERICANINO, 2.- una (01) chemise de color morado, marca AEROPOSTALE, talla s, 3.- un segmento de gasa impregnado de una sustancia de color pardo rojizo todo esto perteneciente al hoy occiso JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA. funcionario que recibe la evidencia JOSE MEDINA, RAMIREZ JEAN, credencial 31875, fecha de recibido 08-04-11.(folio 09 de las actas)

8.-REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA N°436, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, FUNCIONARIO QUE COLECTA Y CUSTODIA LA EVIDENCIA ARAUJO AMABLE credencial N°34231, rango agente de investigación adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida evidencias colectadas: 1.-una pieza metálica de color gris que originalmente formaba parte de cuerpo de un posa pie de un vehiculo automotor. . funcionario que recibe la evidencia ANGULO MARIA, credencial 15126, fecha de recibido 08-04-11.(folio 10 de las actas )

9.-REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA N°439, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, FUNCIONARIO QUE COLECTA Y CUSTODIA LA EVIDENCIA ARAUJO AMABLE, credencial N°34231, rango agente de investigación adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida evidencias colectadas: 1.-un teléfono celular, marca Samsung, GT-E1085L, con su respectiva batería acumuladora de energía de la misma marca. (folio 11 de las actas)

10.-EXPERTICIA HEMATOLOGICA Y FISICA N°9700-067-DC-576, de fecha 08 de abril del año 2011, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO AGENTE DE INVESTIGACION I JOSE MEDINA, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, el cual deja constancia de lo siguiente: MOTIVO: realizar experticia Hematológica y física. EXPOSICION: Se ha recibido memorándum numero 9700-262-2036, el siguiente material: un (01) receptáculo de los comúnmente denominado bolsa elaborado en material sintético, debidamente embalado y rotulado alusivo a: 2011-435 K-11-262-00726, contentivo en su interior de: 1.- Una (01) prenda de vestir de la comúnmente denominada pantalón, tipo jeans, marca desiree amricanino, talla 30, de color azul, presente en su pretina cinco (05) trabillas, se aprecia tres(03) bolsillos anteriores y dos (02) bolsillos posteriores, mecanismo de cierre constituido constituido por cierre metálico de quince centímetros de longitud, un botón metálico y su ojal, exhibe en su superficie manchas de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática mecanismo de formación por contacto y escurrimiento, se aprecia en regular estado de uso y conservación. 2.-una (01) chemise de color morado, etiqueta identificativa donde se lee AEROPOSTALES, talla s, presenta sistema de ajuste por dos ojales, exhibe en su superficie manchas de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática con un mecanismo de formación por contacto y escurrimiento, presenta solución de continuidad ubicada en las siguientes áreas de proyección anatómicas: hombro derecho orificio, de cero coma ocho (0,8) centímetros de longitud. Pectoral izquierdo orificio, de cero coma ocho (0,8) centímetros de longitud. Abdominal izquierdo orificio de cero coma ocho (o,8) centímetros de longitud. Se aprecia en regular estado de uso y conservación, con mal olor. 3.- un (01) sobre elaborado en papel de color amarillo, debidamente embalado y rotulado identificativos alusivo a: MACERADO COLECTADO EN EL SITIO DEL SUCESO k-11-262-00726, en el interior de la misma: una (01) gasa, impregnado de manchas de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática, con mecanismo de formación por contacto. PERITACION: las piezas objetos del presente estudio fueron sometidos a los siguientes análisis: ANALISIS FISICO: observaciones estereoscópica: las soluciones de continuidad (orificios) en la pieza de vestir chemise suministradas como incriminadas, se observo a través de una lupa estereoscópica, apreciándose en los orificios los bordes de las fibras son irregulares aperlamientos, con perdida parcial del material que lo compone en el hundirme y trama asi mismo estiramiento y deshilachadamiento. II METODO DE ORIENTACION PARA LA INVESTIGCION DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMATICA: reacción de orotodolidina: positivo para las manchas de color pardo rojizo presentes en las piezas descritas en la parte expositiva del presente informe Pericial. III METODO DE CERTEZA PARA LA INVESTIGACION DCE MATERIAL DE NATURALEZA HEMATICA: método de teichmann: una parte del producto obtenido de las maceraciones realizadas en las manchas de color pardo rojizo que exhiben las piezas descritas en la parte expositiva del presente informe pericial, fue cometido a la acción del reactivo de teichmann, visualizándose la formación de cristales de clorhidrato de hematina. IV. METODO DE CERTEZA PARA LA DETERMINACION DE ESPECIE: Prueba inmunológico: se procedió a realizar macerado el cual fue sometido al tes de de hexagon obti, lográndose visualizar en las muestras la respectiva banda de color azul indicativa de la presencia de hemoglobina humana. V.- DETERMINACION DE GRUPO SANGUINEO: Investigación de aglutinógenos: Por el método indirecto se comprobó la ausencia de los aglutinógenos A y B en las manchas de color pardo rojizo presentes en las prendas y el macerado en estudio. CONCLUSIONES: en base al reconocimiento y análisis practicado a las piezas descritas en la parte expositiva del presente informe Pericial y que motiva las actuaciones, se concluye: 1.- las soluciones de continuidad (orificios) en la prenda de vestir (chemisse) descrita en el presente informe pericial, presenta características físicas de forma y clase que permite encuadradlas dentro de las producidas por el paso de un (os) proyectil (es) disparado (s) por un arma de fuego. 2.- Las machas de color pardo rojizas presentes en las piezas descritas en la parte expositiva del presente informe pericial, son de naturaleza hemática de la especie humana y corresponde el grupo sanguíneo O. 3.- el macerado suministrado como incriminado fue consumido en su totalidad en razón a los análisis. 4.- las piezas descritas en el texto expositivo de este informe cumplo con devolverlas al funcionario ARAUJO URDANETA AMABLE ANTONIO, credencial 34231, quien recibe conforme , es todo…. (folio 13 y su vuelto y 14 de las actas).

11.- EXPERTICIA DE RECONOCIEMINTO LEGAL DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL AGENTE DE INVESTIGACION AMABLE ARAUJO, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, en la cual deja constancia de lo siguiente: MOTIVO: el examen en referencia se realiza sobre la pieza en mención con la finalidad de realizar el reconocimiento legal. EXPOSICION: el material suministrado consiste en: una (01) pieza metálica conformada que originalmente formaba parte de la parte del pie de un vehiculo automotor, el mismo deteriorado y en mal estado. CONCLUSIONES: el objeto de la presente experticia de reconociemnto legal lo contituye un objeto que tiene su uso especifico……. (folio 16 y su vuelto de las actas).


12.-EXPERTICIA DE RECONOCIMENTO LEGAL N° 9700-262-AT-034, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL AGENTE DE INVESTIGACION AMABLE ARAUJO, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, en la cual deja constancia de lo siguiente: MOTIVO: el examen en referencia ha de verificarse sobre la pieza en mención con la finalidad de dejar constancia de su RECONOCIEMINTO LEGAL. EXPOSICION: un (01) teléfono celular elaborado en material sintético de color negro, marca SAMSUNG, modelo GT E1085L, seriales SSN: E1085LGSMH, FCCID: A3LGTE1085L, IMEI: 012015/00/747359/2, posee su respectiva batería acumuladora de energia, marca SAMSUNG, de color gris, serial AA1SC07ZS/1-B, con su respectiva tarjeta SIM de la empresa MOVISTAR, el mismo se encuentra usado y en regular estado de conservación. En vista de loa anteriormente expuesto se ha llegado a la siguiente: CONCLUSION: el objeto de la presente experticia de reconocimiento Legal, lo constituye un teléfono celular de la marca SAMSUNG, el cual tiene su uso especifico, como medio de comunicación a distancias variables, así como para enviar y recibir mensajes y como dispositivo de almacenaje de directorios telefónicos, según su capacidad quedando a criterio de su poseedor cualquier otro uso dado…. (folio 18 y su vuelto de las actas )


13.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 01, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter general, se aprecia la fachada principal de una vivienda del tipo familiar de color verde, exhibiendo como medio de acceso un portón metálico de color blanco, así mismo se parecía un poste de electricidad ..(Folio 20 de las actas).

14.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 02, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular, señalada por testigo numérico se observa sobre el pavimento una concha metálica del calibre 9mm, de la marca luger. .(Folio 21 de las actas).

15.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 03, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular, señalada por testigo numérico un artefacto eléctrico del comúnmente denominado celular. .(Folio 22 de las actas).

16.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 04, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular, señalada por testigo numérico se observa sobre el pavimento una concha metálica del calibre 9mm, de la marca luger. .(Folio 23 de las actas).

17.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 05, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular, señalada por testigo numérico se observa sobre el pavimento dos conchas metalicas del calibre 9mm, de la marca luger. .(Folio 24 de las actas).

18.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 06, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular, señalada por testigo numérico se observa sobre el pavimento un proyectil blindado parcialmente deformado, producto del fuerte impacto que sufrió al chocar contra otra superficie de igual o mayor cohesión molecular. .(Folio 25 de las actas).

19.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1389 FOTO N° 07, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGAR MUNICIPIO CAMPO ELIAS, BELLA VISTA, CALLE DOS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular, señalada por testigo numérico se observa sobre el pavimento un proyectil blindado parcialmente deformado, producto del fuerte impacto que sufrió al chocar contra otra superficie de igual o mayor cohesión molecular. .(Folio 26 de las actas).

20.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1395 FOTO N° 01, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGARAVENIDA CENTENARIO, AMBULATORIO URBANO III, DR CESAR AUGUSTO RUIZ, MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter general se aprecia el cadáver de una persona adulta, en posición decúbito dorsal, con sus extremidades superiores e inferiores extendidas. .(Folio 27 de las actas).

21.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1395 FOTO N° 02, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGARAVENIDA CENTENARIO, AMBULATORIO URBANO III, DR CESAR AUGUSTO RUIZ, MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular se aprecia el rostro de una persona adulta, con las siguientes características físicas: piel trigueña, cabello de color castaño oscuro, frente amplia, cejas pobladas, ojos grandes pardo oscuros, nariz perfilada, boca grande, orejas adosadas. .(Folio 28 de las actas).

22.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1395 FOTO N° 03, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGARAVENIDA CENTENARIO, AMBULATORIO URBANO III, DR CESAR AUGUSTO RUIZ, MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular se aprecia señalado por el testigo flecha, se aprecia dos heridas de forma circular ubicados en la región supra pectoral izquierdo y esternal. .(Folio 29 de las actas).

23.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1395 FOTO N° 04, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGARAVENIDA CENTENARIO, AMBULATORIO URBANO III, DR CESAR AUGUSTO RUIZ, MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular se aprecia señalado por el testigo flecha, se aprecia una herida de forma circular ubicada en la región de la fosa iliaca del lado derecho. .(Folio 30 de las actas).

24.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1395 FOTO N° 05, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGARAVENIDA CENTENARIO, AMBULATORIO URBANO III, DR CESAR AUGUSTO RUIZ, MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular se aprecia señalado por el testigo flecha, se parecía tres heridas ubicadas dos en la cara anterior del brazo derecho y una por el costado derecho. .(Folio 31 de las actas).

25.-FIJACION FOTOGRAFICA DE LA INSPECCION TECNICA N°1395 FOTO N° 06, FECHA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011, LUGARAVENIDA CENTENARIO, AMBULATORIO URBANO III, DR CESAR AUGUSTO RUIZ, MUNICIPIO CAMPO ELIAS, DEL ESTADO MERIDA, en la presente fotografía de carácter particular se aprecia señalado por el testigo flecha, se aprecia una herida ubicada por el costado izquierdo. .(Folio 32 de las actas).

26.-ENTREVISTA REALIZADA POR EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB DELEGACION MERIDA DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011 AL CIUDADANO YORDANO RENE LOBO MARQUINA, quién expuso lo siguiente: resulta que el día de ayer jueves 07-04-2011, aproximadamente a las 9:50 horas de la noche yo estaba llegando de la universidad Santiago Mariño instituto donde estudio, cuando iba pasando por la calle principal de bella vista, calle 2, subiendo por la licorería acuario, me llamaron unos amigos que estaban sentados en el lugar para que tomáramos un poquito de miche, cuando de repente pudimos observar un accidente de tránsito entre una moto y un vehiculo, mi amigo YEFRI OSORIO, se acerco hasta donde fue el accidente para ver que fue lo que sucedió, en ese momento el señor de la moto y el del carro que chocaron comenzaron a discutir y fue cuando el chamo de la moto hizo una llamada del teléfono del que iba de parrillero a otro chamo que según lo que escuchamos y pudimos ver en el celular de el, le dicen chávelo, a los pocos minutos llego un carro marca ACCES color blanco, identificado como taxista, se bajaron dos sujetos comenzaron a discutir mi amigo YEFRI y uno de los chamos que llegaron llamado CHAVELO, fue allí cuando el saco una pistola y le disparo cinco veces, ese momento salieron corriendo chavelo, el otro chamo que llego con el en el taxi y el parrillero de la moto, nosotros tratamos de salir corriendo detrás de ellos pero ellos se voltearon y nos hicieron dos tiros, de allí mi amigo DENIS, paro a un motorizado que pasaba por la vía y le pidió el favor para llevar a YEFRI al ambulatorio los cedros en centenario, Denis monto a Yefri en la moto y el se monto de parrillero, de allí nos vinimos a la PTJ a realizar la denuncia. Es todo…. (folio 35 y su vuelto y 36 de las actas)

27.-ENTREVISTA REALIZADA POR EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB DELEGACION MERIDA DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011 AL CIUDADANO CRISTIAN EDUARDO ROJAS DUGARTE, quien expuso lo siguiente: Resulta que el día de ayer 07-04-2011, aproximadamente a las diez horas de la noche yo me encontraba de ejido en la calle dos de bella vista, en un velorio, específicamente frente a la licorería el Acuario, me encontraba en compañía de Denis con quien estaba hablando y estábamos viendo un choque que había entre una moto modelo logan y un carro tipo taxi de color blanco, en eso llego otro taxi y se bajaron dos chamos, uno de ellos le apodan chavelo, y se puso a hablar con el conductor de la moto y de una vez chavelo observo a yefer y empezó a tirarle puntas, se acercaron y Yefer empujo a chavelo y de una vez chavelo saco una pistola y le disparo a Yefer en cinco oportunidades y se fue corriendo hacia arriba, hacia la calle 2 de Bella vista con interceptación de la calle las monjas, en compañía del otro sujetos que se bajo con el del taxi, y del parrillero de la moto que choco, cuando iban corriendo aproximadamente a media cuadra chavelo realizo dos detonaciones mas al aire y siguieron corriendo. En el sitio del hecho quedo el muchacho que iba manejando la moto ya que la gente no lo dejo ir, luego a Yefer lo montaron en una moto y se lo llevan para el ambulatorio de ejido y al ratico recibimos la noticia de que estaba muerto. Es todo…. (folio 37y su vuelto y 38 de las actas)

28.-ENTREVISTA REALIZADA POR EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB DELEGACION MERIDA DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011 AL CIUDADANO ZAMBRANO JESUS, quien expuso lo siguiente: el día de ayer aproximadamente a las nueve de la noche yo me encontraba en el sector bella vista, en la esquina de la calle dos, frente a un abasto que tiene las rejas blancas, en compañía de CRISTIAN, JORDANO, MI HERMANA DE NOMBRE ANAIS, YONASKI, JOSE Y YERFERSON, estábamos tomando una botella de wiscky, cunado en eso en la avenida principal justo al frente de donde estábamos nosotros hubo un accidente de transito entre un taxista que venia de ejido a bella vista dos motorizados que iban a entrar a la calle 2 de bella vista, nosotros nos acercamos para ver el accidente y en eso se para del piso el parrillero que iba en la moto, saco un teléfono y empezó a llamar y le decía a la persona que estaba llamando que el llevara a la niña, colgó la llamada y empezó a discutir con el taxista, le decía que el pagara que el había tenido la culpa del choque y como a los cinco minutos llego el taxi, de color blanco, creo que es marca accen, y el letrero de la línea es rojo con blanco , placas amarillas cruzo hacia la calle dos y se paro justo al frente de donde nosotros estábamos, en eso se bajaron dos muchachos y veo que uno de ellos es un chamo que le apodan chavelo y vive en Asoprieto de Ejido , el cuando se bajo empezó a decir que quien había sido el del choque y el chamo que lo llamo el copiloto de la moto le dijo que había sido el taxista, en eso chavelo se fue hasta donde había sido el choque y saco una pistola plateada del modelo nueve milímetros y empezó a disparar hacia la licorería justo donde había sido el choque como para pegarle al taxista nosotros al ver que chavelo estaba disparando salimos corriendo hacia la parte de arriba de la calle dos pero subimos por la acera del lado izquierdo chavelo al ver que nosotros estábamos corriendo se fue hasta la esquina de la calle dos donde había bajado del taxi y nos disparo dos veces, pero como YEFERSON estaba cerca del choque en ese momento también corrió pero subió fue por la acera del lado derecho, justo detrás de chavelo y fue en eso que chavelo se dio cuenta que subía YEFERSON se volteo y le disparo como seis veces, luego salió corriendo en dirección a Asoprieto y se fue, nosotros nos regresamos para donde estaba YEFERSSON y nos damos cuentan de que chavelo le había disparado, yo como pude lo agarre y lo monte en la moto de un chamo de nombre Wilfredo, quien estaba en ese momento hablando por teléfono y lo llevamos para el ambulatorio III de ejido a Yefersson, pero cuando llegamos los doctores nos dijeron que Yeferson ya estaba muerto…. (folio 39 y su vuelto y 40 de las actas)

29.-INFORME DE AUTOPSIA FORENSE N° 9700-154-A-175-11, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL MEDICO PATOLOGO FORENSE DR ALEJANDRO PEREIRA MARQUEZ, adscrito al departamento de ciencias forenses del cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Merida, la cual le fue practica al ciudadano que en vida respondía el nombre de OSORIO POSADA JEFERSSON JOSE, dejando constancia de los siguiente: sexo: masculino, edad, 20 años, talla: 172 cm, nacionalidad venezolana, solicitado por: CICPC Mérida, fecha de la muerte 07-04-11 hora: horas de la noche. Fecha de la autopsia: 08-04-11, Hora 9:00am, medico patólogo forense: Dr Alejandro Pereira Márquez. Auxiliar de Morge: Daniel Maldonado Monsalve. SEÑALES DE IDENTIFICACION DEL CADAVER: fue identificado por sus familiares, cicatrices y tatuajes: no presento. SIGNOS ABIOTICOS CADAVERICOS: presento: enfriamiento y rigidez. Livideces: dorsales. Data aproximada de la muerte doce (12) horas. HALLAZGOS EXTERNOS E INTERNOS AL EXAMEN DEL CADAVER: se apreciaron cinco (05) heridas producida por el paso de proyectiles disparados con armas de fuego de proyectil único, cuyas características y localizaciones se describen a continuación: 1.- Orificio de entrada de 0,6 cm, con halo de contusión, localizado en el 4to espacio intercostal izquierdo con línea media clavicular a 137 cm, del talón y a 4cm de la línea media, salió en el hemitorax posterior inferior derecho, trayecto de adelante hacia atrás, de izquierda a derecha, de arriba hacia abajo, perforo la piel y los músculos torácicos, ambos pulmones y el corazón, con hemotorax bilateral de 400cc. 2.-Orificio de entrada de 0,6cm, con halo de contusión, localizado en el 7cmo especio intercostal con area para esternal izquierda a 129cm, del talón y a 3cm de la línea media y salió en el hemitorax posterior inferior derecho, trayecto de izquierda a derecha de adelante hacia atrás de arriba hacia abajo, perforo la piel, los músculos del tórax y perforo ambos pulmones. 3.- Orificio de entrada de 0,7cm, con halo de contusión localizado en el 1/3 próxima y anterior del brazo derecho, salió en el 1/3 proximal con cara interna del brazo derecho y reentro en el 5to espacio intercostal , de arriba hacia debajo de derecha a izquierda el hemitorax lateral derecho, con línea axilar posterior y salió en el 11vo, espacio intercostal con línea axilar posterior derecha, trayecto de adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo, de derecha a izquierda, perforo la piel y los músculos del brazo y del hemitorax lateral derecho el pulmón derecho, el hígado, con hemoperitoneo de 300cc, perforo la piel y los músculos del hemitorax posterior derecho 8linea axilar posterior). 4.- Orificio de entrada de 0,6cm, con halo de contusión, localizado en el 1/3 proximal con cara posterior del brazo izquierdo, salió en el 1/3 proximal con cara interna del brazo izquierdo, reentro en el hemotórax lateral izquierdo en el 5to espacio intercostal, con línea media axilar y salió en mesogastrio derecho, trayecto de arriba hacia abajo, de izquierda a derecha, de atrás hacia delante, perforo la piel, los músculos del brazo y hemitorax lateral izquierda, el saco pericárdico, el corazón ambos pulmones, el diafragma, el lóbulo hepático derecho y la piel y los músculos de la pared abdominal derecha. 5.- orificio de entrada de o,6cm, con tatuaje y aunamiento de sus borde (próximo contacto), con área de dispersión de 2cm, localizado en el borde superior de la escápula izquierda de 141cm del talón y a 9cm de la línea media, sin orificio de salida reculándose un proyectil blindado bien preservado del pulmón izquierdo en su lóbulo superior, trayecto de atas hacia adelante, de izquierda a derecha horizontal. El contenido gástrico presento olor a alcohol. OTROS HALLAZGOS DE LA AUTOPSIA: 1.- cabellos castaños lisos, ojos con pupilas dilatadas, el rostro no presento lesiones. 2.- El cuello no presento lesiones externas ni internas. 3.- la arteria aorta no presento lesiones. 4.- Los riñones, páncreas, bazo, estomago, recto y el ano no presentaron lesiones. 5.- el área genital no presento lesiones. MUESTRAS: sangre y contenido gástrico para experticia toxicológica. ANEXO: cadena de custodia N|2011-431, donde se entrega: UN PROYECTIL BLINDADO BIEN PRESERVADO DEL PULMON IZQUIERDO EN SU LOBULO SUPERIOR. CONCLUSIONES: masculino de 20 años de edad, el cual murió por hemorragia intraorganica masiva, producto de la perforación del corazón, ambos pulmones y del hígado, lo cual guarda relación directa con el paso de proyectiles disparados con arma de fuego de proyectil único, los cinco disparos que recibió la victima fueron de naturaleza mortal. (Folio 48 y su vuelto de las actas)


30.-REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA N°2011-431, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, FUNCIONARIO QUE COLECTA Y CUSTODIA LA EVIDENCIA PEREIRA MARQUEZ ALEJANDRO, credencial N°27896, rango MEDICO PATOLOGO FORENSE, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida evidencias colectadas: UN PROYECTIL BLINDADO BIEN PRESERVADO DEL PULMON IZQUIERDO, funcionario que recibe y traslada la evidencia la evidencia GUERRERO GABRIEL, credencial N°31556, adscrito al CICPC Sub delegación Mérida, Funcionario que recibe YAKO JUGO N° credencial 26499. (folio 11 de las actas)

31.-EXPERTICIA RECONOCIEMINTO LEGAL Y COMPARACION BALISTICA N°9700-067-DC-578, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL DETECTIVE YAKO JUGO VALERA, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, quien deja constancia de lo siguiente: MOTIVO: practicar experticia de reconocimiento Legal y comparación balística- EXPOSICION: las piezas suministradas para la practica de la presente experticia lo constituye: 1.- cuatro (04) conchas que originalmente formaban parte del cuerpo de bala para armas de fuego calibre 9 milímetros, de la marca PMC, sus cuerpo componen de manto de cilindro metálico, garganta y culote con capsula con capsula de fulminante, poseen una huella de impresión directa de la capsula de fulminante y varias estrías de fricción en la superficie del culote originadas respectivamente por la aguja percutora y el plano de cierre del arma de fuego que las percuto. (suministradas como incriminadas y descritas en la planilla de cadena y custodia N°2011-434).-. 2.- Dos (02) proyectiles que originalmente formaban parte del cuerpo de una bala para arma de fuego, calibre 9 milímetros, de estructura blindada, se aprecian deformados producto del fuerte impacto que sufrieron al chocar contra una superficie, presentan en su cuerpo rayado helicoidal dextrógiro 8ª la derecha), copiados al pasar los mismos por el anima del cañón del arma de fuego que los disparo. (suministradas como incriminadas y descritas en la planilla de cadena y custodia N°2011-434). 3.- un (01) proyectil que originalmente formaba parte del cuerpo de una bala para arma de fuego, calibre 9 milímetros, de estructura blindada, presenta en su cuerpo rayado helicoidal dextrógiro (a la derecha), copiados al pasar el mismo por el anima del cañón del arma de fuego que lo disparo(suministrada como incriminadas y extraídos del cadáver de quién en vida respondía el nombre de JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA, y descrito en la planilla de cadena y custodia N°2011-431). PERITACION: las piezas suministradas fueron sometidas a los siguientes análisis y observaciones: ANALISIS BALISTICO: COMPARACION BALISTICA: las conchas suministras y descritas en el numeral 01 de la parte expositiva del presente informe fueron sometidas a un minucioso examen técnico comparativo a través del microcospio de comparación balística, apreciándose características HOMOLOGAS entre si. Los proyectiles suministrados y descritos en los numerales 1 y 2 de la parte expositiva del presente informe, fueron sometidos a un minucioso examen técnico comparativo a través del microscopio de comparación balística, apreciándose características HOMOLOGAS, entre si. CONCLUSIONES: en base a lo anteriormente expuesto se ha llegado a las siguientes conclusiones: 1.- en la comparación balística realizadas se determino que las conchas suministradas y descritas en la parte expositiva, fueron percutidas por una misma arma de fuego. 2.- en la comparación balística realizadas se determino que los proyectiles suministrados y descritos en la parte expositiva, fueron disparados por una misma arma de fuego. 3.- las conchas y proyectiles suministrados, quedan en resguardo en este departamento para efecto de futuras comparaciones balísticas con planilla de cadena y custodia N°2011-434 y 2011-431. Es todo (folio 64 y su vuelto de las presentes actuaciones)

32.-EXPERTICIA DE ACOPLAMIENTO FISICO N° 9700-067-DC-584, DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITO POR EL FUNCIOARIO II JEAN RAMIREZ, adscritos al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, el cual deja constancia de lo siguiente: MOTIVO: siendo las 5:00 de la tarde del día 08 de abril del año 2011, me traslade hacia el estacionamiento posterior, ubicado en avenida las Américas del cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas, estado Mérida, con la finalidad de practicar experticia de acoplamiento fisco al vehiculo automotor de la clase Moto, una vez ubicados en el citado lugar, procedí inicialmente a realizar una inspección técnica dejando constancia de los siguiente: trátese de un sitio mixto correspondiente específicamente al área del estacionamiento posterior del CICPC, lugar donde se encontraba aparcado un vehiculo con las siguientes características: marca lonci, clase moto, color negro con rojo, placa de circulación AA6T02K, el cual se le procede a realizar una minuciosa inspección técnica en conjunto y detalles, tanto de sus partes externas como internas visualizándose lo siguiente: parte externa presenta su latonería y pintura en regular estado, el sistema de encendido se halla en buen estado, apreciándose que la base originalmente se ubica el posa pie de lado izquierdo del copiloto se encuentra fracturado con perdida del material que lo constituye, así mismo se aprecia adherencias de polvo y suciedad en las superficies de latonería, provisto de retrovisores. PERITACION: a fin de realizar la experticia solicitada se procedió a realizar lo siguiente: ANALISIS FISICO: RECONOCIEMINTO LEGAL: fue suministrado por parte del funcionario del cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas agente de investigación MABLE ARAUJO, una (01) pieza metálica que conformaba parte del cuerpo de un posa pie para vehiculo automotor de la clase moto, la misma presenta en su parte superior diseño anti resbalante del mismo material que lo constituye, de igual modo se aprecia en uno de sus extremos signos físicos de fractura con perdida del material que lo constituye. ACOPLAMIENTO FISICO: se verifica si la pieza metálica posa pie en el lado fracturado se acopla en la superficie fracturada en la base del posa pies ubicado en la parte posterior izquierdo copiloto de la motocicleta descrita en el texto expositivo, verificando que las mismas encuadran perfectamente. En virtud de lo antes expuesto se ha llegado a las siguientes: CONCLUSIONES: 1.- en el análisis físico de acoplamiento físico realizado al vehículo marca lonci, clase moto, color negro con rojo, placas AA6T02K, objeto del presente estudio, se constato que la base del posapies trasero izquierdo copiloto y la pieza posapies descrita en el reconocimiento legal arriba mencionado conforman originalmente una sola pieza. 2.- la pieza metálica posapie se entrega al área de resguardo y custodia de evidencias físicas de este despacho. . es todo… (folio 65 y su vuelto y 66 de las actas )

33.-ACTA DE INVESTIGACION PENAL DE FECHA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011, SUSCRITA POR EL FUNCIOARIO DE INVESTIGACION II YORMAN AGUSTIN PEREZ, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Mérida, el cual deja constancia de la siguiente diligencia: , se constituyo una comisión integrada por el sub inspector Ever Sulbaran, agentes Jhoangel Sanchez, Gabriel Guerrero, ALbert Parra y Quintin Angulo, en vehiculo particular, hacia la localidad de Ejido Estado Merida, con la finalidad de ubicar, identificar y citar a los ciudadanos mencionados como CHAVELO, presunto autor del hecho y Michael Machado coautor, inmediato del hecho, donde una vez presentes en la urbanización la Campiña, etapa c, calle Ruben Dario, Ejido estado Merida, donde luego de realizar varias pesquisas en el sector, logramos entrevistarnos con vecinos de la comunidad, quines nos comunicaron que el ciudadano mencionado como CHAVELO, responde el nombre al nombre de (IDENTIDAD OMITIDA) quien reside en la casa N°24 del mencionado sector, dirigiéndonos hacia la referida vivienda, donde previa identificación como funcionarios activos de este cuerpo de investigación, manifestando el motivo de nuestra presencia la comisión fue atendida por un ciudadano quien se identifico como ADRIAN ENRIQUE VILORIA ORTIZ, Venezolano, natural de esta ciudad, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión contador publico, , residenciado en la urbanización la campiña C, calle Ruben Dario, casa N|24, Municipio Campo Elias Ejido estado Mérida, numero telefónico 0424-7329587, cedula de identidad N°14.805.321, quién manifestó ser hermano del ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), , venezolano, natural de esta ciudad de 17 años de edad, nacido el 31/03/1993, estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en la misma dirección, hijo de la ciudadana Alida Soraida Ortiz Peñaloza, quién para el momento no se encontraba en la vivienda desconociendo su paradero, por tal motivo le fue librada boleta de citación dirigida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y a su progenitora ciudadana Alida Soraida Ortiz Peñaloza a fin de comparecer por ante este despacho quien manifestó no tener impedimento alguno de hacer entrega de las mismas…….(folio 67 y su vuelto y 68 de las actas).

34.-EXPERTICIA DE RECONOCIEMINTO DE SERIALES E INSPECCION OCULAR DE VEHICULO AUTOMOTOR N°9700-067-EV-166-11, SUSCRITA POR EL FUNCIOARIO AGENTE VARELA NESTOR, adscrito al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas sub delegación Merida, MOTIVO: realizar experticia de seriales e inspección ocular de identificación a un vehiculo y dejar constancia de su reconocimiento legal y determinar posibles alteraciones, así como su valor real. EXPOSICION: a los efectos propuestos procedí a la inspección de un vehiculo automotor, el cual se encuentra aparcado en el estacionamiento posterior de este despacho y reúne las siguientes características: clase motocicleta, marca loncin, modelo LX200GY-2C, tipo enduro, color rojo y negro, año 2008, placas AA6T02K, serial de carrocería LLCJYL2058BC40006, serial de motor 16FMLHA126531, valor quince mil bolívares fuertes (15.000,ooBsf). PERITACION: En base al reconocimiento de seriales efectuado al vehiculo automotor en estudio, se puede constatar lo siguiente: 1.- el vehiculo en estudio presenta serial de carrocería y de motor se encuentra en su estado Original. 2.- se procedió a verificar el estatus del vehiculo por ante el sistema integrado de información policial arrojando como resultado que no presenta solicitudes y por ante el enlace del CICPC-INTT no se encuentra registrado. CONCLUSIONES: de conformidad con el pedimento formulado, se pudo concluir que el vehiculo en estudio presenta sus seriales de identificación en su estado original. Es todo … 8folio 71 de las actas de investigación)




Debe destacar esta juzgadora que de los elementos de convicción consignados por el Ministerio Público, hacen exacerbar la presunción de inocencia del adolescente investigado y en consecuencia se acentúa la presunción de su participación en los hechos anteriormente expuestos, como autor del delito dese evidencia la participación del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), como presunto autor del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, perpetrado con alevosia previsto en el articulo 405 y 406, del Código Penal Vigente y sancionado en el articulo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA., ya que del análisis de las actuaciones que corren insertas a la solicitud se puede evidenciar que se encuentran llenos los extremos establecidos en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que concatenación de los elementos de convicción antes señalados queda evidenciado el HOMICIDIO CALFICADO, delito este que amerita privación de libertad, el cual no se encuentra prescrito; se puede evidenciar de las declaraciones de personas que declaran ser testigos del hecho y atribuyen al adolescente investigado la participación en los hecho punible que se investiga lo cual se evidencia de los elementos signados con los números 26, 27, y28; dado por la lógica y las máximas de experiencia, se presume que por la gravedad del delito que se le imputa y la pena que pudiera llegar a imponerse al adolescente en caso de sentencia condenatoria, pudiera tratar de evadir la acción de la justicia, fugarse o tratar de entorpecer la investigación, aunado a ello al conocimiento que esta juzgadora tiene de los procedimientos y causas que se le siguen al adolescente. El juez debe garantizar el cumplimiento del Principio de la Tutela Judicial Efectiva; en razón de ello debe acordarse lo solicitado a los fines de garantizar la prosecución de la investigación. Y así se decide.-

DISPOSITIVA:

Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección Adolescentes, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la solicitud referida a la ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de nacionalidad venezolano, natural del estado Mérida, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 31-03-1993, soltero, titular de la cedula de identidad N°V-(RESERVADO), residenciado en (reservado), municipio campo Elías del estado Mérida, hijo de (reservado) . por su presunta participación del adolescente anteriormente identificado, en la comisión como autor del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, perpetrado con alevosía previsto en el articulo 405 y 406, del Código Penal Vigente y sancionado en el articulo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano JEFERSSON JOSE OSORIO POSADA, solicitada por la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, y por ende se ordena la aprehensión del mismo, lo que conlleva a enviar el oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Mérida a los fines de que gire las instrucciones necesarias a los organismos encargados de materializar dicha aprehensión.
Notifíquese al Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público del Estado Mérida . Envíese boletas y oficios. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Diarícese. Cúmplase.

LA JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02,

ABG. YOLY CARRERO MORE.

EL SECRETARIO,

ABG. JOSE RAFAEL MAGGIORANI PAREDES.

En fecha ________, se cumplió con lo acordado y se libraron oficios Nros. _____________.-
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