REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA. SECCION DE ADOLESCENTES. JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÒN. MERIDA; 28 DE ABRIL DE 2011.
200º y 152º
ASUNTO: AUTO DECRETANDO LA CESACIÒN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA. EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD PENAL.
CAUSA: E1-932-10
DEFENSOR PUBLICO: NANCY DEL CARMEN QUINTERO MORA
FISCALIA VIGESIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal para decidir observa:
Corre inserto a los folios 97 y 98, acta de audiencia donde se impuso al adolescente sancionado del auto de ejecución de sentencia dictado en fecha 22 de enero de 2010. En esta audiencia se determinó que la medida de reglas de conducta finalizaría el día 04 de febrero de 2011.
Ahora bien, en la audiencia celebrada en fecha 25 de abril de 2011, se pudo comprobar el cumplimiento de la medida, mediante la presentación de las constancias de estudio y buena conducta, insertas a los folios 136 y 137; por tanto lo procedente y ajustado a derecho es decretar conforme lo dispuesto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto, este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 645, 646 y 647 letra “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta LA CESACION por cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA y la extinción de la responsabilidad penal, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, toda vez que no existen medidas por ejecutar. Se acuerda la remisión al archivo.
LA JUEZA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. Nº 1
ABG. MELISA QUIROGA DE SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. JANETH FERNANDEZ
En fecha_________________ se libraron boletas de notificación Nº _________ y oficio Nº________________