JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cuatro de Abril de Dos Mil Once.-

200º Y 152º


EXP. N° 7964
DEMANDANTE: MIGUEL ANGEL GOMEZ, Endosatario en Procuración
DEMANDADO: SABINA TORO M. y WALTER J. DURAN HERNANDEZ
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA.

Visto el desistimiento de fecha 245 de Marzo de 2011, suscrito por los abogados MIGUEL ANGEL GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.916.064 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.766, en su carácter de parte actora y Endosatario en Procuración del ciudadano BENITO PEREZ CANALES, por una parte, y por la otra BONE CECILIA LABRADOR DE RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.027.154 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.296, en su carácter de co-apoderada judicial de la co-demandada, ciudadana SABINA TORO MONSLAVE. Es por lo que este Tribunal acuerda y así decreta la HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO suscrito, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del presente expediente. En cuanto al desglose solicitado, por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZ:

DRA. FRANCINA M. RODULFO A.

LA SECRETARIA:


ABG. SUSANA E. PARRA C.
En la misma fecha se agregó.

LA SRIA: