REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 11 de Agosto de 2011
201º y 152 º
Expediente Nro. 1627
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ADRIANA MORELVIS AULAR VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.384.364, asistida por Fiscalía Décima Quinta de Protección.
DEMANDADO: DANIEL ALBERTO OLIVO RUZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.029.360.
Descendientes: OMITIR NOMBRE, de 08 años de edad.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy siendo la oportunidad para llevar la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación, y vista la diligencia de fecha 08 de agosto del 2011, suscrita por los ciudadanos ADRIANA MORELVIS AULAR VILLEGAS y DANIEL ALBERTO OLIVO RUZA, en la cual establecieron acuerdos con respecto a la Obligación de Manutención a favor de su hija de la siguiente manera: El ciudadano DANIEL ALBERTO OLIVO RUIZA se compromete a entregar la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,oo) mensualmente, así como la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,oo), por concepto de Bonos Especiales (Escolar y Navideño) cada uno. Asimismo ambas partes se comprometen a sufragar equitativamente los Gastos médicos y medicamentos que eventualmente requiera su hija DANIELA VIRGINIA. Igualmente acordaron que los montos antes señalados se incrementen anual y automáticamente en un VEINTE POR CIENTO (20%). Finalmente establecieron que los pagos se efectuarán a través de depósitos o transacciones bancarias a la cuenta Nº 0108-0105-21-0200368437 del Banco Provincial, a nombre de la ciudadana ADRIANA MORELBIS AULAR VILLEGAS. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa. Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ADRIANA MORELVIS AULAR VILLEGAS y DANIEL ALBERTO OLIVO RUZA, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña de autos. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. Gladys Yolanda Jaspe
La Secretaria
Abg. Yelimar Vielma Márquez
Linda
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