PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE
CONTROL N°- 06.
El Vigía, 8 de Agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-002271
ASUNTO : LP11-P-2011-002271

“Vista el escrito presentado en fecha 29-07-2011, por el Ciudadano RAMON FELIPE JIMÉNEZ JIMÉNEZ , venezolano, titular de la cédula de identidad N°-6.721.636, identificado suficientemente en la solicitud, donde pide a este Tribunal que se le haga entrega de un vehículo de su propiedad signado con las características siguientes: MARCA SKYGO TIPO MOTOCICLETA , MODELO SG150-13, COLOR ROJO, AÑO 2010, SERIAL DEL MOTOR 161FMJA1271973, SERIAL DE CHASIS LF3PCKD08AD006216, manifestando el solicitante, que la misma se encuentra a la orden de la Fiscalía 18 según causa N-F18-PA -0061-11, presentando certificado de origen y acta de negativa de entrega por parte de la Fiscalía. Este Tribunal vista la solicitud acuerda mediante oficio solicitar la causa a la Fiscalía 18 del Ministerio Público, la cual en fecha 04-08-2011, oficia al Tribunal y hace del conocimiento del mismo, que no envía la causa, ya que la misma la está conociendo el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°- 01 de la Sección de Adolescente, de este Circuito Judicial. Ahora bien el Tribunal al realizar la búsqueda del Expediente por el Sistema Juris 2000, constata que ciertamente la causa, la conoce el Tribunal de Adolescente, ya que en la misma aparecen dos Adolescente involucrados, uno como víctima y uno como imputado, por tanto y siguiendo lo establecido en la LOPNA , el Tribunal que debe conocer de todo lo relacionado con dicha causa debe ser el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°- 01 de la Sección de Adolescente, de este Circuito Judicial, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declinar la Competencia al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°- 01 de la Sección de Adolescente, de este Circuito Judicial, para que conozca de la entrega del vehículo solicitado, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal y en los artículo 526 y 531 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente.--------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Se acuerda enviar las presente actuaciones al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°- 01 de la Sección de Adolescente, de este Circuito Judicial, para que decida sobre la entrega del Vehículo solicitado . Así se decide. Se fundamenta la misma en los artículos antes señalados y en los artículos 2, 26, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese el correspondiente oficio y remítase. Notifíquese a la Fiscal y al solicitante. ----------------------------------------------------------------------

EL JUEZ DE CONTROL N° 06

ABG. JESUS AQUILES FAJARDO

LA SECRETARIA

ABGB. JENNYS DEL MAR DUQUE.

Endecha--------------------------- se cumplió con lo acordado. Librándose boletas de notificación N°- -------------------y Oficio N°- ----------------------------------------------------------------------------------
Conste/ Sria