REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01
El Vigía, 9 de agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-003062

Visto el escrito presentado por el ciudadano GILBERTO ROMERO, en su condición de víctima en la presente causa, mediante el cual solicita y expone: “…me dirijo a usted, con el fin de solicitarle un arma de fuego que me pertenece, tipo pistola, modelo Force 99 R, marca Tanfoglio, calibre 9 mm., serial AB50403; ya que el juicio culminó y estaba en condición de víctima en la causa Nº LP11-P-2010-003062, y dicha arma fue enviada a la Guarnición Militar de la ciudad de Mérida, órgano delegado de colocarla en el Departamento de Armas y Explosivos (DAEX) Caracas, donde consta en la comunicación que cursa en el folio (407) de la segunda pieza, para que oficie a la Dirección de Armas y Explosivos, para la entrega de lo solicitado.

El Tribunal para decidir observa:

- Obra a los folios 45 y 46 de las actuaciones, Acta de Policial, de fecha 27-10-2010, en la cual consta, que el arma antes descrita, incautada en la residencia del sentenciado Leonardo Antonio Vargas Velazco, se encuentra solicitada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, según memorándum 5036, de fecha 27-08-2010, por el delito de Robo.
- Obra al folio 95 de las actuaciones, denuncia interpuesta ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, en fecha 26-08-2010, por el ciudadano Gilberto Romero, en la cual se constata que el mismo es el propietario del arma de fuego solicitada.
- Obra al folio 00 de las actuaciones, solicitud de fecha 09-08-2011, mediante la cual, el ciudadano Gilberto Romero, solicita la entrega del arma antes descrita, consignado a dicha solicitud fotocopia del Porte de Arma, en el cual se observa, que el mismo se encuentra vigente.

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Ordena, la entrega del arma de fuego con las siguientes características: Un (01) Arma de Fuego, de uso individual, tipo Pistola, la cual presenta inscripción en bajo relieve del lado izquierdo donde se lee: “READ WARNINGS BEFORE USINC CUNS”, “TANFOGLIO”, serial AB50403, modelo FOR 99, Made in Italia, con acabado superficial de color negro y gris, provisto de su cargador de igual marca, al ciudadano GILBERTO ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.682.313. En tal sentido, se acuerda librar el respectivo oficio al Departamento de Armas y Explosivos (DAEX) Caracas, a los fines de que sea entrega el arma antes descrita al solicitante. Se acuerda Notificar a las partes. Cúmplase.


JUEZA DE JUICIO Nº 01


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE

LA SECRETARIA

ABG. MARISELA TAYANARA HERNÁNDEZ