REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, once de agosto de dos mil once.
201° y 152°
En atención a la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 10 de agosto de 2011, que obra a los folios del 77 al 89 del expediente principal y a los fines de dar cumplimiento al particular “TERCERO” del referido fallo, en la cual estableció lo siguiente: “Se suspende la medida de embargo decretada por este Tribunal en fecha 21 de junio de 2011, y ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según acta de fecha 13 de julio de 2011”, es por lo que este Tribunal pasa a providenciar de la siguiente manera:
PRIMERO: Acuerda suspender la medida de embargo preventivo, decretada por este Tribunal en fecha 21 de junio de 2011 (folio 23 y 24 del presente cuaderno) y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según acta de fecha 13 de julio de 2011 (folios del 57 al 67), dicha medida recae, sobre: Bienes muebles, consistente en:
1.- Un (1) compresor Industrial, marca SAYLOR-BEALL, Serial WP20094-998 N.A.P.L. P.D.N.O, Compañía Daiton DHID, (sic), con motor de empuje RPM1745; Serial 1623167HP5, Motor Lincolu, sistema bifauco, valorado en setenta mil bolívares (Bs. 70.000,oo).
2.- Una (1) moto bomba, marca LEROYSOMER, Motor 3LS 132M AA08A-23Z 09VHP12RPM34050, hecho en Venezuela, valorado en sesenta mil bolívares (Bs. 60.000,oo).
3.- Dos (2) gatos hidráulicos puente, valorado en ochenta bolívares cada uno (Bs. 80 c/u), para un total de ciento sesenta mil bolívares (Bs. 160.000,oo).
4.- Un (1) equipo valvulinera y cambio de aceite, marca Graco con sus respectivas mangueras y conexiones valorado en ocho mil bolívares (Bs. 8.000,oo).
5.- Una (1) maquina cauchera en desuso, motor GORGHI, Serial 12415837, valorado en cincuenta bolívares (Bs. 50,oo).
6.- Un gato caimar (sic), color naranja, valorado en mil bolívares (Bs. 1.000.oo).
7.- Tres (3) gatos botella capacidad 50,4,1 tonelada valorado en ochenta bolívares cada uno (Bs. 80 c/u), para un total de doscientos cuarenta bolívares (Bs. 240,oo).
8.- Una (1) pistola de aire turbo-Pro- 7000RPM, Media pulgada 90 PSIG, valorada en mil bolívares (BS. 1.000,oo).
9.- Una (1) balanceadora Industrial para cauchos, marca GORGH1 220-380, serial 01634727PH3, valorada en dieciocho mil bolívares (Bs. 18.000,oo).
10.- Un (1) gato hidráulico de alta potencia marca WRYNEY309560, valorado en veinte mil bolívares (Bs. 20.000,oo), para un total de ciento setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta bolívares (Bs. 178.450,oo)
SEGUNDO: Acuerda oficiar a la ciudadana Abogada ALBA ZAMBRANO, representante Legal de la Depositaria Judicial Los Andes, C.A, a los fines de participarle de la suspensión de la medida de embargo ut supra señalada. Ofíciese.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se oficio al Representante legal de la Depositaria Judicial Los Andes, C.A, bajo el N° 587-2011. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-