REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 14 de diciembre de 2011
201º y 152º

Expediente Nro. 03036
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: CARMEN IRAIDA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.443.322, debidamente asistida por la Fiscalía Décima Quinta.
DEMANDADO: DANIEL EDMUNDO DAVILA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.348.989.
DESCENDIENTES: OMITIR NOMBRE Y OMITIR NOMBRE, de 10 y 11 años de edad.
MOTIVO: RETENCIÓN INDEBIDA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de11 DE OCTUBRE DEL 2011, los ciudadanos CARMEN IRAIDA RODRIGUEZ y DANIEL EDMUNDO DAVILA GUTIERREZ, después de escuchada la opinión de los hermanos OMITIR NOMBRE Y OMITIR NOMBRE, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la LOPNNA, manifestaron que ellos desean vivir con su papá de lunes a viernes y compartir con su mamá los fines de semana. Asimismo se oriento a la ciudadana CARMEN IRAIDA RODRIGUEZ, en el sentido de que así sus hijos vivan con su papá ella sigue siendo responsable, igualmente se le informó al ciudadano DANIEL EDMUNDO DAVILA GUTIERREZ, que a partir de la presente fecha su obligación es hacer que sus hijos estudien y lo hagan de manera excelente, que ellos son pequeños y su obligación es estudiar y divertirse, que no pueden trabajar porque no tienen edad para eso. Visto lo expuesto por las partes así como los oficios emanados de la Escuela Básica “Aulas Anexas Edelmira Quintero de Lobo” Ejido Estado Mérida, que corren insertos a los folios 54 y 55, el Tribunal acuerda que los niños permanezcan con el papá de lunes a viernes para que asistan a clase y el día viernes en la tarde los niños se van para casa de la mamá retornándolos el día domingo en la tarde para la casa del padre, igualmente se acuerda homologar el presente acuerdo y cierre y se archive el expediente.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes ciudadanos CARMEN IRAIDA RODRIGUEZ y DANIEL EDMUNDO DAVILA GUTIERREZ, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.

La Jueza

Abg. Gladys Yolanda Jaspe

La Secretaria

Abg. Yelimar Vielma Márquez.





Linda