REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 19 de diciembre de 2011
201º y 152 º
Expediente Nro. 03709
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes 19 de diciembre de 2011, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia única en su fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento ordinario de Divorcio Ordinario. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. GLADYS YOLANDA JASPE, como secretaria la Abg. YELIMAR VIELMA MÁRQUEZ, se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, haciendo el primer llamado, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), dejando constancia que no hace acto de presencia ninguna de las partes, seguidamente se encuentra presente el Fiscal Especial Décimo Quinto Abogado ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO; se hace el segundo llamado siendo las doce y quince minutos del mediodía (12:15 m.), y no comparece la parte actora, en razón a ello, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por divorcio Ordinario, por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. GLADYS YOLANDA JASPE


REPRESENTACION FISCAL
La Secretaria


Abg. YELIMAR VIELMA MÁRQUEZ

Linda