REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 02 de diciembre de 2011
201º y 152º
Expediente Nro. 03094
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: AURA CAROLINA COLMENAREZ APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.946.296, asistida por el Abogado en ejercicio EDILIO RAMON VALBUENA RAMRIEZ.
DEMANDADO: JOSE NICANOR MALDONADO MARQUINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.020.287.
DESCENDIENTE: OMITIR NOMBRE, de un (01) años de edad.
MOTIVO: FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Se recibió el 11 de agosto del año 2011, solicitud presentada por la ciudadana AURA CAROLINA COLMENAREZ APONTE, plenamente identificada en autos, contra el progenitor de su hija el ciudadano JOSE NICANOR MALDONADO MARQUINA, también identificado.
El día de hoy, los ciudadanos AURA CAROLINA COLMENAREZ APONTE y JOSE NICANOR MALDONADO MARQUINA, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo la OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS a favor de su hija, en los siguientes términos: El padre fija en la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,oo) mensuales, en cuanto a los bonos, el padre se compromete a suministrar la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (bs. 2.000,oo), para cubrir los gastos de la niña para los meses de septiembre y diciembre de cada año. Con un aumento tanto de la obligación de manutención como los bonos especiales serán incrementados en un 10% anual. Las cantidades establecidas serán depositadas los primeros cinco días de cada mes, en una cuenta bancaria que se abrirá en el Banco Bicentenario a nombre de la madre de la niña. Los gastos extras por medicinas y tratamientos médicos y otros gastos serán cubiertos en un 50% por cada uno de los padres.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes ciudadanos AURA CAROLINA COLMENAREZ APONTE y JOSE NICANOR MALDONADO MARQUINA, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. GLADYS YOLANDA JASPE
La Secretaria
Abg. YELIMAR VIELMA MÁRQUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
Linda
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