REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 9 de Diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2011-000447
ASUNTO : LP01-P-2011-000447
Por cuanto al folio 386 de las actuaciones, obra escrito presentado por el defensor Siro García, mediante el cual en representación del acusado Marwin Gervasio Graterol Medina, solicita la total entrega de una moto marca Ava, modelo Jaguar 150, color azul, placas AA8F59K, serial de chasis LBRSPKA0X9009825, color azul, dos puestos, serial de motor 163FML75082321, toda vez que el descrito vehículo pertenece a su representado, quien figura como acusado en la presente causa.
Único:
En relación a la petición antes señalada, este tribunal observa que de las actuaciones se desprende, que al folio 56 se encuentra inserta una experticia signada con el N° 051, de fecha 25.01.2011, realizada por el experto Danny Rivero Salazar, adscrito a la sudelegación del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas de Tovar estado Mérida, mediante la cual señala que el vehículo inspeccionado no presenta los dígitos alfanuméricos troquelados en el bloque del motor, determinando serial devastado, concluyendo que el referido vehículo presenta irregularidades, por tal motivo considera la que aquí decide, que la entrega de la moto vehículo a su legítimo propietario en este momento no es procedente, ya que en virtud de las irregularidades que la misma presenta, al respecto se debería investigar y lograr así establecer las razones por la cuales dicha moto se encuentra en el estado en que fue hallada durante la experticia a la cual fue sometida.
Dispositiva:
Por las razones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, niega la entrega del vehículo moto marca Ava, modelo Jaguar 150, color azul, placas AA8F59K, serial de chasis LBRSPKA0X9009825, color azul, dos puestos, serial de motor 163FML75082321, al acusado Marwin Gervasio Graterol Medina, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes y al acusado y para tales efectos líbrense las correspondientes boletas de notificación. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Cúmplase.
La Juez de Juicio N° 05
Abg. Marianina del Valle Brazón Sosa
La Secretaria
Abg. Yanira Lobo
En fecha_____________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros: ___________________________________________
Sria