REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL: LK11-P-2002-000039
ASUNTO : LK11-P-2002-000039
AUTO DE CÓMPUTO ACTUALIZADO e
IMPROCEDENCIA DE LIBERTAD CONDICIONAL
Visto lo peticionado por la Defensora Pública Abogada YASMINA PÉREZ D´ JESÚS en oficio N° DP02-620-2011 de fecha 01/12/2011, mediante el cual solicita cómputo actualizado de la pena que cumple CARLOS LEÓN ANGARITA, venezolano y titular de la cédula de identidad N° V-14.192.437, condenado a cumplir VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSÉ DIONI MORA MÁRQUEZ, JOSÉ DERWIS MORA MÁRQUEZ y RANDOL ANTONIO RONDON PACHECO; así mismo solicita copias simples del auto mediante el cual se acuerda Régimen Abierto, así como del Ejecútese de la Sentencia dictada contra el referido penado; siendo así éste Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con apego a lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA elaborar el respectivo Cómputo Actualizado para verificar el cumplimiento de pena del penado CARLOS LEÓN ANGARITA, supra identificado, haciendo del conocimiento que el cómputo actualizado es hasta el día de hoy 05/12/2011.
Se tiene que el penado CARLOS LEÓN ANGARITA, fue detenido en una primera y única oportunidad el día 16/04/2002, teniéndose entonces que el mismo tiene un tiempo de pena cumplida sin redención de NUEVE (09) AÑOS, SIETE (07) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS, que sumada a una redención de fecha 13/12/2007, por el tiempo de DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES, OCHO (08) DÍAS y DOCE (12) HORAS, le da un tiempo total de pena cumplida con redención de DOCE (12) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS y DOCE (12) HORAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, le falta por cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS, SIETE (07) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO, la cual terminará de cumplir el día SIETE (07) DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE (2.019) A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00M.).
Se le hace saber al penado que ES IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE LA MEDIDA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE PENA SOLICITADA, como lo es la Libertad Condicional, toda vez que la misma le procede una vez cumplida las 2/3 partes de la pena impuesta, es decir TRECE (13) AÑOS y CUATRO (04) MESES, siendo el SIETE (07) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE (2.012) A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00M.), teniéndose que el mismo ha cumplido menos de las 2/3 partes de la pena impuesta (ha cumplido un tiempo total de pena cumplida con redención de DOCE (12) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS y DOCE (12) HORAS).-
Remítase mediante oficio, copia fotostática debidamente certificada del presente cómputo, a Centro de Tratamiento Comunitario Francisco Canestri, ubicado en la Avenida Páez El Paraíso, frente a la Villa Zoila, edificio Escuela de Formación Penitenciaria, 2do piso al lado del Reten La Planta, Caracas Distrito Capital, ratificando igualmente el contenido del Oficio N° LL11OFO2011004294 del 19/09/2011. Expídase a la Defensa, copias fotostáticas simples del presente cómputo, del Ejecútese de la Sentencia Condenatoria dictada en autos y del auto mediante el cual se acuerda el Régimen Abierto al penado. Notifíquese a la Fiscal XXII del Ministerio Público, al penado y a su Defensa Pública.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 05 de Diciembre de 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaría copia de la presente Decisión. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. THAMARA DEL CARMEN PUENTES DE TAVIRA
LA SECRETARIA