REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01.SECCION ADOLESCENTES, CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO MERIDA. Mérida, quince (15) de diciembre de dos mil once.
Causa: C1-3189-11
Asunto: DESISTIMIENTO DEL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO.
Visto. Realizada la audiencia de conformidad con el 323 del Código Orgánico procesal penal, oportunidad en que la fiscal del Ministerio Público solicita el desistimiento del sobreseimiento definitivo “… ya que no aparece la experticia del arma…; la defensa no se opone al pedimento de la fiscal.
Al respecto el tribunal observa:
Cursa al folio (16 al 17) escrito de solicitud de sobreseimiento definitivo por considerar que el hecho no es típico “… porque considera que el arma tipo flower no esta tipificada en la ley de armas y explosivos como arma de porte ilícito, aunado a ello agotada las diligencias de investigación no se pudo determinar si efectivamente era un arma flower a pesar de los oficios enviados al cuerpo de investigaciones por esta unidad fiscal para la remisión de la experticia que le fue practicada ala supuesta arma, este cuerpo nunca dio respuesta de la mencionada experticia mecánica y diseño del arma…”
Cursa a los folios (18) que en fecha 04-03-2011 se recibe las actuaciones en el tribunal y se le da entrada y en fecha 11-03-2011 se dicta auto señalando que al revisar las actuaciones no consta la experticia de mecánica y diseño, por tanto a los fines de pronunciarse con respecto al sobreseimiento es inexorablemente indispensable que conste en autos la experticia de mecánica y diseño del arma con el fin de determinar si el arma es un flower, acorando libar oficio siendo ratificado tal pericón en tres oportunidades ; por tal razón el tribunal acuerda fijar audiencia de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
El fiscal del Ministerio Público tiene el ejercicio de la acción penal, constituyendo el poder punitivo del Estado, es el encargado de la investigación de hechos que presumen ser delito.
DISPOSITIVA
Este tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control en Nombre de la Republica por Autoridad de la ley, acuerda: PRIMERO: Con lugar el desistimiento de la solicitud de sobreseimiento, a los fines de continuar investigando llevada en contra del adolescente omitida. Se ordena remitir la presente causa a la fiscalía del Ministerio Público en la oportunidad legal respectiva. Diarícese, déjese copia certificada. Regístrese. Así se decide.
LA JUEZA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA
ANA ANDRADE
En la misma fecha se cumplió con el auto anterior
Sria.