REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 18 de enero de 2011
200º y 151 º
Expediente Nro. 21962
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ALIX YANIRA MARQUEZ MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.322.118.
DEMANDADO: CARLOS MOLINA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.220.675.
DESCENDIENTES: OMITIR NOMBRE, de nueve (09) años de edad.-
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Se recibió el 13 de julio del 2009, solicitud de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana ALIX YANIRA MARQUEZ MORALES, plenamente identificada en autos.
El día de hoy siendo la oportunidad para llevar la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación verificando la comparecencia de las partes, escuchando en esa oportunidad la opinión del niño de autos de conformidad a lo establecido en el artículo 80 de la LOPNNA., según consta en el acta que antecede los ciudadanos ALIX YANIRA MARQUEZ MORALES y CARLOS MOLINA RAMIREZ, quienes luego de conversar, lograron llegar al siguiente acuerdo: El padre fija como obligación de manutención a favor de su hijo la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) mensuales y fija dos bonos especiales uno para el mes de agosto por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) y otro para el mes de diciembre de cada año, por la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), dichas cantidades sufrirán un aumento anual del 10% y las mismas deben ser entregadas directamente a la madre del niño quien emitirá un recibo de pago. Los gastos médicos deben ser compartidos en un 50% por cada padre. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ALIX YANIRA MARQUEZ MORALES y CARLOS MOLINA RAMIREZ, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño de autos. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.

La Jueza

Abg. Gladys Yolanda Jaspe


La Secretaria
Abg. Linda Guillen Vergara


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en la sentencia anterior.


La Sría.