REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 31 de Enero de 2011

200º y 151º

Revisado como ha sido el presente expediente y visto la diligencia que obra inserta al folio 63 suscrita por el ciudadano ROSO BALBINO FLORES ARAQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-2.449.706, asistido por el abogado en ejercicio ARMANDO ANTONIO ANGARITA BOTTARO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.209, en el cual consigna el original del documento que obra inserto al folio 65 al folio 68, que acredito la decisión dictada por este Tribunal en fecha 13-08-2010. Y visto igualmente se que dio cumplimiento con la autorización; en consecuencia, este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 3896. SOLICITANTE FLORES ARAQUE ROSO BALBINO. NIÑO: OMITIR NOMBRES. MOTIVO: AUTORIZACION JUDIICAL PARA COMPRAR. PROCEDENCIA: PARTICULAR. Fecha de Entrada: 02-02-2010 CÚMPLASE.

LA JUEZA


ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE


LA SECRETARIA TEMPORAL

Abog. LINDA GUILLEN VERGARA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

Fm/3896