CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01
El Vigía, 14 de enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-000030
ASUNTO : LP11-P-2010-000030

AUTO DE ACUMULACIÓN

Visto que a la presente causa signada bajo el Nº LP11-P-2010-000030, fue acumulada la causa signada bajo el Nº LJ11-P-2010-000006, bajo las razones indicadas mediante auto dictado en ésta última en esta misma fecha, este Tribunal procede a hacer las siguientes consideraciones:

Que la causa signada bajo el Nº LP11-P-2010-000030, seguida a los acusados WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, OSCAR FERNANDO TURRIAGO DELGADO CORDERO Y PEDRO ALFONSO ZERPA RAMÍREZ, ingresó a este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 11-06-2010, fecha en la cual, mediante auto se acordó el acto de Sorteo Ordinario de escabinos para el día 18-06-2010 y el acto de Constitución de Tribunal Mixto para el día 12-07-2010.

En fecha 12-07-2010, hicieron acto de presencia tres ciudadanos sorteados como escabinos, los cuales fueron reservados por el Tribunal por mutuo acuerdo de las partes presentes, en virtud de no haber comparecido el acusado WILLIAM MACKALIESTER DELGADO a dicha audiencia, a los efectos de la depuración del Tribunal, fijándose un nuevo acto de Constitución de Tribunal Mixto para el día 21-07-2010.

En fecha 21-07-2010, hicieron acto de presencia nuevamente los tres ciudadanos sorteados como escabinos, los cuales constituyeron el Tribunal Mixto, previo acuerdo de las partes, fijándose la celebración del juicio oral y público para el día 11-08-2010, tal y como se observa a los folios 674 al 678 de las actuaciones.

En fecha 11-08-2010, se difirió la celebración del juicio oral y público, por ausencia del acusado OSCAR FERNANDO TURRIAGO y de la Abg. Ledy Pacheco, en su condición de Defensora Pública del referido acusado, por encontrarse en la continuación de un juicio oral y público, fijándose como nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 17-09-2010, tal y como se observa a los folios 691 al 693 de las actuaciones.

En fecha 17-09-2010, se difirió la celebración del juicio oral y público, por encontrarse el Tribunal culminando un juicio oral y público, fijándose mediante auto de fecha 17-09-2010 como nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 01-10-2010, tal y como se observa al folio 697 de las actuaciones.

En fecha 01-10-2010, se difirió la celebración del juicio oral y público, por ausencia del acusado OSCAR FERNANDO TURRIAGO y del Abg. Juan Carlos Lugo, en su condición de Defensor Privado del acusado WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, fijándose como nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 20-10-2010, tal y como se observa a los folios 707 al 709 de las actuaciones.

En fecha 20-10-2010, se difirió la celebración del juicio oral y público, por ausencia de los acusados OSCAR FERNANDO TURRIAGO, WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, PEDRO ALFONSO RAMÍREZ y del Abg. Juan Carlos Lugo, en su condición de Defensor Privado del acusado WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, fijándose como nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 10-11-2010, tal y como se observa a los folios 714 al 716 de las actuaciones.

En fecha 10-11-2010, se difirió la celebración del juicio oral y público, por ausencia de los acusados OSCAR FERNANDO TURRIAGO, WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, PEDRO ALFONSO RAMÍREZ y del Abg. Juan Carlos Lugo, en su condición de Defensor Privado del acusado WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, fijándose como nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 29-11-2010, tal y como se observa a los folios 722 al 724 de las actuaciones.

En fecha 29-11-2010, se difirió la celebración del juicio oral y público, por ausencia de los acusados OSCAR FERNANDO TURRIAGO, PEDRO ALFONSO RAMÍREZ y del Abg. Juan Carlos Lugo, en su condición de Defensor Privado del acusado WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, declarando el Tribunal abandonada la Defensa del Abg. Juan Carlos Lugo, en su condición de Defensor Privado del acusado WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, a quien se le hizo saber sobre el derecho de nombrar un abogado de su confianza, distinto al Abg. Juan Carlos Lugo o en su defecto un Defensor Público, solicitando el referido acusado la designación de un Defensor Público, acordando el Tribunal librar el correspondiente oficio a la Unidad de la Defensa Pública, fijando como nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 19-01-2011, tal y como se observa a los folios 731 al 733 de las actuaciones.

Que como quedó establecido en el auto dictado en esta misma , en la causa signada bajo el Nº LJ11-P-2010-000006, seguida a la acusada MIREYA CRISTINA CAMBERO CORDERO, que la referida causa y la causa signada bajo el Nº LP11-P-2010-000030, seguida a los acusados WILLIAM MACKALIESTER DELGADO, OSCAR FERNANDO TURRIAGO DELGADO CORDERO Y PEDRO ALFONSO ZERPA RAMÍREZ, ambas corresponden a la investigación signada bajo el Nº 14F7-0500-09, llevada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, tal y como se evidencia de las carátulas de las mencionadas causas, y por tratarse de delitos conexos, tal y como se explicó en el auto antes mencionado, debe llevarse a efecto un solo juicio oral y público, a los fines de garantizar la unidad del proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 70.1 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda dejar sin efecto la celebración del juicio oral y público pautado para el día miércoles 19-01-2011, y fija nueva oportunidad procesal para la celebración del juicio oral y público para el día 08-02-2011, a las 9:30 de la mañana, a los fines de garantizar la presencia de la Fiscalía VII del Ministerio Público, Acusados, Defensores Públicos y Privados, asimismo, proceder el Tribunal en la referida audiencia, a imponer a la acusada MIREYA CRISTINA CAMBERO CORDERO, del procedimiento especial establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y resolver sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, en cuanto a la acusada antes mencionada y sus Abogados de confianza, a los fines de constituir definitivamente el Tribunal Mixto. Cúmplase. Se acuerda librar las correspondientes Boletas de Notificación y Citación a las partes.


JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE

SECRETARIA

ABG. JENNYS DEL MAR DUQUE


En fecha________, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, librándose Boletas de Notificación y Citación Nros. ________________________________________________________.


Conste/Sria.