REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiocho de enero de Dos Mil Once.
200º y 151º
Vista la diligencia de fecha 26 del mes y año que discurren (folio 213), suscrita por el abogado en ejercicio ALBEIRO D’JESUS ZERPA, quien funge en autos con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, por medio de la cual solicita se fije nuevo día y hora para la evacuación del testigo HUMBERTO E. ATENCIO, este Tribunal, a los fines de determinar si se encuentra o no agotado el lapso de evacuación de pruebas en el presente juicio y proveer lo que sea conducente, ordena efectuar por Secretaría, con vista del Libro Diario y el Almanaque Judicial llevados en este Juzgado durante el año 2010 y el año en curso (2011), el cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal desde el día 14 de diciembre de 2011, exclusive fecha de la sentencia mediante la cual providenció las pruebas de las partes (folios 176 al 186, con sus vueltos respectivos), al día de hoy, 28 de enero de dos mil once, inclusive. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
YENYFER MÁRQUEZ ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.- Conste,
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YENYFER MÁRQUEZ ROJAS
LA SUSCRITA SECRETARIA TENPORAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención a lo ordenado en el auto que antecede y con vista tanto del Libro Diario como el Almanaque Judicial llevados por este Tribunal durante el año 2.010 y el presente año 2011, pasa efectuar el cómputo ordenado, y a tal efecto, CERTIFICA: Que desde el día 14 de diciembre de 2010, exclusive, al día 28 de enero de 2010, inclusive, transcurrieron en este Tribunal DIECIOCHO (18) DÍAS DE DESPACHO. Doy fe, en Mérida a los veintiocho días del mes de enero de Dos Mil Once.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YENYFER MÁRQUEZ ROJAS
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiocho de enero de Dos Mil Once.
200° y 151°
Vista la diligencia de fecha 26 del mes y año que discurren, suscrita por el abogado en ejercicio ALBEIRO D’JESUS ZERPA, quien funge en autos con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, por medio de la cual solicita se fije nuevo día y hora para la evacuación del testigo HUMBERTO E. ATENCIO, este Tribunal, para decidir, observa:
PRIMERO: Que se desprende del cómputo que antecede de esta misma fecha realizado por la secretaria del Tribunal con arreglo al Libro Diario y al Almanaque Judicial de este Juzgado (años 2010 y 2011), que desde la fecha en que se providenciaron los escritos de pruebas de las partes, vale decir, desde el día 14 de diciembre de 2010, exclusive, fecha de su admisión, hasta el día de hoy 28 de enero de 2011, inclusive, han transcurrido dieciocho (18) días de despacho.
SEGUNDO: Que estando previsto en el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, que el lapso de evacuación de pruebas para el juicio ordinario, como es el caso que ocupa en este momento la atención del tribunal, es de treinta (30) días (los cuales, por tratarse de pruebas, se computan por días de despacho), es evidente que, descontando de dicho lapso, los transcurridos hasta este momento (18 días), se concluye que para la preclusión del mismo aún faltan por transcurrir para este momento, 12 días de despacho. Así queda establecido.
TERCERO: Que el tiempo faltante para la terminación del lapso de evacuación, hace posible una nueva fijación para oír el testimonio del ciudadano HUMBERTO E. ATENCIO, sin riesgo de que el mismo sea rendido fuera del plazo legalmente establecido. Así se establece.
Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal encuentra ajustada a derecho la petición del apoderado judicial de la parte actora, abogado ALBEIRO D’JESUS ZERPA, puesto que el lapso de evacuación aún no ha sido agotado, razón por la cual, de conformidad con el tercer aparte del artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal fija el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.) para la presentación y examen del testigo HUMBERTO E. ATENCIO, sin necesidad de citación, por no haberlo solicitado expresamente la parte promovente.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YENYFER MARQUEZ ROJAS
ACZ/YMR/YP.-