REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE.
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veintiocho (28) de enero de dos mil once (2011).
200° y 151°
Visto el convenimiento suscrito entre las partes ciudadanos YESSER ATULE PORTILLO SANCHEZ, parte demandada, asistido por el Abogado, JOSE RAFAEL UZCATEGUI RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.643 y la Abogado, DUNIA CHIRINOS, en su carácter de parte demandante, en fecha seis (19) de enero de dos mil once (2011), y que corre inserto al folio nueve (09) del Cuaderno de Embargo, realizado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Adres Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida . Este Tribunal HOMOLOGA la misma, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, agréguese los recaudos de intimación librados a la parte demandada, el Tribunal se Abstiene archivar el expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de lo acordado. CUMPLASE.-

JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO

SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA


En la misma fecha se cumplió lo ordenado con oficio Nº 5220-_____.

SRIA.





AJOB/jhp.


















LA SUSCRITA SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente N° 996-10. DEMANDANTE: YIMME MONTENEGRO RAMIREZ DEMANDADO: YESSER ATULE PORTILLO SANCHEZ. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Certificación que hago en El Vigía, a los veintiocho (28) día del mes de enero de dos mil once (2011).



SECRETARIA
AB- SORAYA VILLAMIZAR GARCIA