REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, diecisiete (17) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: LP21-L-2010-000343:

PARTE DEMANDANTE: ZIOLY COROMOTO RAMIREZ RAMIREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-17.894.800, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: JESUS BAYARDO SANCHEZ BRICEÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad número V- 10.715.362, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103.153, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “PROYECTOS CORDILLERA, C. A.” inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 29 de abril de 2003, bajo el Nº 64, Tomo A-5, representada por el ciudadano BRUNO RAMIRO VIVAS TORRES, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-8.047.796, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: HUGO ENRIQUE ORTEGA ATENCIO y RHOBERMEN ORACIO OBERTO PARADA, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.473.098 y V-9.835.214, en su orden, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 48.244 y 58.114 respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida.

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, jueves diecisiete (17) de febrero de dos mil once (2011), siendo las once de la mañana (11:00a.m.), día y hora fijados por este Tribunal para llevarse a efecto la prolongación de la audiencia Oral de Juicio en la presente causa, de conformidad con lo previsto en los artículos 151 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anuncia el acto a la puerta de la sala de audiencia, se deja constancia que se encuentra constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con la presencia de la Jueza, Dubrawska Pellegrini, la Secretaria, Norelis Carrillo Escalona y la ciudadana Alguacil, Katiusca Barón, se da inicio a la presente audiencia, la cual será reproducida en forma audiovisual por el técnico adscrito a esta Coordinación, ciudadano Eudes Rodríguez, en atención al principio de publicidad, concentración y de seguridad, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 162 de la precitada Ley Adjetiva Laboral. En este estado, y previo el anuncio de Ley realizado por el prenombrado Alguacil, la ciudadana Secretaria, procede a certificar la comparecencia de las partes, al efecto, se encuentra presente: la parte demandada Sociedad Mercantil “PROYECTOS CORDILLERA, C. A.”, por intermedio de su co-apoderado judicial el abogado HUGO ENRIQUE ORTEGA ATENCIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.244. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadana ZIOLY COROMOTO RAMIREZ RAMIREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-17.894.800, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Verificada la asistencia de las partes, la Juez que preside la audiencia, vista la incomparecencia de la parte demandante al presente acto, aplica el efecto jurídico previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia, declara DESISTIDA la acción. Dado firmado y sellado en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación. Es todo, terminó se leyó y conformes firman siendo las 11:15 a. m.

La Juez,

Dubrawska Pellegrini Paredes


Apoderado judicial de la parte demandada



El Alguacil Técnico Audiovisual


La Secretaria,

Abg. Norelis Carrillo Escalona