REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 07 de febrero de 2011
200º y 151 º
Expediente Nro. 00738
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: YESSICA KATIUSCA ROSALES OSUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.577.946.
DEMANDADO: FELIPE JOSE SANCHEZ OZORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.908.328.
DESCENDIENTES: OMITIR NOMBRES, de 05, 03 y 01 años de edad.-
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Se recibió el 06 de octubre del 2010, solicitud de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS, fundamentada en los artículos 8, 30 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, presentada por la ciudadana YESSICA KATIUSCA ROSALES OSUNA, plenamente identificada en autos, asistida por el ciudadano Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico Abogado Adrián Enrique Gelves Osorio.
El día de hoy siendo la oportunidad para llevar la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación verificando la comparecencia de las partes, según consta en el acta que antecede los ciudadanos YESSICA KATIUSCA ROSALES OSUNA y FELIPE JOSE SANCHEZ OZORIO, quienes luego de conversar, lograron llegar al siguiente acuerdo: El padre fija como obligación de manutención a favor de sus hijos la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) semanales y el padre asume la responsabilidad de comprarle los útiles para la época de agosto y la ropa para el mes de diciembre, la obligación de manutención se aumentara anualmente en un 20% y la misma será entregada directamente a la madre. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos YESSICA KATIUSCA ROSALES OSUNA y FELIPE JOSE SANCHEZ OZORIO, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños de autos. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. Gladys Yolanda Jaspe
La Secretaria
Abg. Linda Guillen Vergara
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en la sentencia anterior.
La Sría.
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