REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 09 de febrero de 2011
200º y 151 º
Expediente Nro. 01399
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARLY YESENIA PACHECO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.921.472.
DEMANDADO: RAFAEL AUGUSTO CARRASQUERO MARQUINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.699.905.
Descendiente: OMITIR NOMBRE, de 04 años de edad.-
MOTIVO: REGLAMENTACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
Se recibió el 10 de enero del 2011, solicitud de REGLAMENTACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, fundamentada en los artículos 26, 27, 32, 80, 32-A y 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, presentada por la ciudadana MARLY YESENIA PACHECO RODRIGUEZ, plenamente identificada en autos, contra el progenitor de su hijo ciudadano OMITIR NOMBRE, también identificado.
El día de hoy siendo la oportunidad para llevar la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación verificando la comparecencia de las partes, según consta en el acta que antecede los ciudadanos MARLY YESENIA PACHECO RODRIGUEZ y RAFAEL AUGUSTO CARRASQUERO MARQUINA, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo el siguiente régimen de convivencia a favor de su hijo el ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de 04 años de edad: El padre buscara al niño en el domicilio de la madre los días domingos a las 09 de la mañana y lo retornara el mismo domingo a las 06 de la tarde. Los periodos vacacionales serán compartidos de mutuo acuerdo. Régimen de Convivencia que podrá ser modificado previamente entre ellos e igualmente ampliado. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos MARLY YESENIA PACHECO RODRIGUEZ y RAFAEL AUGUSTO CARRASQUERO MARQUINA, plenamente identificados, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños de autos. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
La Jueza
Abg. Gladys Yolanda Jaspe
La Secretaria
Abg. Linda Guillen Vergara
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