REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 25 de febrero de 2011
ASUNTO PRINCIPAL: LP01-P-2009-002547
ASUNTO : LP01-P-2009-002547
Visto que el penado, LUIS ALBERTO DAVILA, venezolano, nacido en fecha 16/03/1977, de 22 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-12.352.343, hijo de la ciudadana: María Olga Dávila, domiciliado en la calle Bolívar vía la mesa de los indios, cerca la bomba de la portuguesa Ejido Estado Mérida, Teléfono: 0426-7263825; se encuentra privado de libertad, se actualiza el computo de pena y se establecen las formulas alternativas al cumplimiento de pena con los fundamentos de derecho que seguidamente se establece:
Antecedentes
El 07 de octubre de 2009, el Tribunal de Juicio N° 1, condena a LUIS ALBERTO DAVILA, a TRES (3) AÑOS DE PRISION por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Fundamentos de Derecho
Al actualizar el computo de pena cumplida por LUIS ALBERTO DAVILA, tenemos que fue detenido el 28 de abril de 2009, hasta el día 5 de mayo de 2009, por un tiempo igual a siete (7) días; posteriormente fue aprehendido 30 de noviembre de 2010, manteniéndose en dicha circunstancia hasta el día de hoy 25 de febrero de 2011, dos (02) meses, veinticinco (25) días, que sumado a lo anterior arroja un total de TRES (03) MESES, DOS (02) DIAS, terminará de cumplir la pena el 23 de noviembre de 2013
Finalmente, el penado LUIS ALBERTO DAVILA, puede optar a las formulas alternativas al cumplimiento de pena previstas en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, cuando cumpla ¼ de la pena, destacamento de trabajo; cuando cumpla 1/3 de la pena régimen abierto; cuando cumpla las 2/3 partes de la pena libertad condicional; y cuando cumpla las ¾ partes confinamiento.
Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: Actualiza el computo de pena a LUIS ALBERTO DAVILA, estableciendo que TRES (03) MESES, DOS (02) DIAS, que se toman como parte de la pena cumplida terminará de cumplir la pena el 23 de noviembre de 2013.
SEGUNDO: El penado LUIS ALBERTO DAVILA, podrá optar a las formulas alternativas al cumplimiento de pena previstas en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en las fechas siguientes:
• Destacamento de Trabajo: puede solicitarlo el 13.08.2011
• Régimen abierto: puede solicitarlo el 18.11.2011
• Libertad Condicional: puede solicitarlo el 18.11.2012
• Confinamiento: puede solicitarlo el 18.02.2013
TERCERO: Notifíquese a la Fiscalía, a la Defensa y al Penado. Remítase con oficio, copia del presente auto a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina.
EL JUEZ,
ABG. JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. ZURAIMA PAZ VILLASMIL