REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 21 de Febrero de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-005589
ASUNTO : LP01-P-2005-005589


ACTUALIZACION DE COMPUTO DE PENA.

Vista la solicitud de actualización de computo realizada por la defensa del penado JOSÉ RAMÓN ARAQUE, titular de la cédula de identidad N° V- 8.020.954, Abg. Mairet Uzcategui Mora, el tribunal procede a revisar la presente causa, observando:
PRIMERO: El penado JOSÉ RAMÓN ARAQUE, fue condenado en fecha 11-04-2007, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a cumplir la pena de dos (02) años, por la comisión del delito de Robo en la modalidad de arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
SEGUNDO: El penado JOSÉ RAMÓN ARAQUE, fue aprehendido por primera vez en fecha 06-05-2005, hasta el día 09-05-2005, es decir por un lapso de tres (03) días, fue puesto a derecho por segunda vez el 28-12-2006, en virtud de orden de captura librada por éste juzgado Juicio N° 03, hasta el 30-12-2006 por un tiempo de dos (02) días, luego fue privado de libertad por tercera vez el 16-02-2007 hasta el 17-02-2007 por un (01) día, visto oficio suscrito por el juez de control 02 de este circuito judicial quien informa que el 05-08-2010 el penado de autos José Ramón Araque fue privado de libertad por ese juzgado, se procede a fijar audiencia para el 11-08-2010, se celebra audiencia para imponer orden de captura y se mantiene privado de libertad hasta la presente fecha 21-02-2011, por seis (06) meses y diez (10) días, para un total de pena cumplida de seis (06) meses y dieciséis (16) días.
Ahora bien, por cuanto fue condenado a cumplir una pena de dos (02) años de prisión, le falta por cumplir un remanente de pena de un (01) año, cinco (05) meses y catorce (14) días, que terminará de cumplir el día 05 de agosto de 2012, a las 12:00 de la noche.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actualiza el cómputo de pena del ciudadano JOSÉ RAMÓN ARAQUE, quien tiene un total de pena cumplida de: seis (06) meses y dieciséis (16) días, le falta por cumplir un remanente de pena de un (01) año, cinco (05) meses y catorce (14) días, que terminará de cumplir el día 05 de agosto de 2012, a las 12:00 de la noche. Se acuerda notificar al Ministerio Público a la defensa, el penado será impuesto de la presente decisión en la visita carcelaria. Se acuerda remitir copia certificada del presente auto a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02

Abg. Alida Morella Torcatti Berroterán.
La Secretaria,

Abg. Lisyane Terán Moreno.

En fecha se cumplió con lo ordenado librando boletas N°

Y Oficios n°