REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigia, 10 de febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-000316
ASUNTO : LP11-P-2011-000316


AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO
Visto como ha sido recibido el escrito contentivo de treinta y ocho (38) folios útiles, provenientes de la fiscalia Décima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, désele entrada y el curso de ley. Y vista dicha solicitud la cual fue presentada por el abogada GEMA NONOSKA PÈREZ LOZANO, en su condición de Fiscal Décima Octava del Ministerio Público, mediante la cual solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la residencia de la ciudadana YORGE ALBERTO MORA CASTILLO, ubicada CAÑO SECO III, CALLE 16, DOS CASAS, A LA DERECHA DE LA BODEGA “LA 16” DOS CASAS A LA DERECHA DE LA BODEGA DENOMINADA LA 16, RESIDENCIA DE COLOR AZUL, CON DOS PUERTAS DE COLOR DE METAL, AMBOS LADOS DE DICHAS PUERTAS POSEE VENTANAS CON SU RESPECTIVO ENREJADO COLOR BLANCO, SE APRECIA TECHO DE ACELOLIT, SIN NOMENCLATURA MUNICIPAL, EL VÌGIA, MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADO MÈRIDA; a fin de localizar personas por identificar por uno de los delitos Contra las Personas (AVERIGUACION MUERTE), este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. En consecuencia, expídase por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos 202, 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal y que dicha orden caduca a los DÌAS (07) DIAS contados a partir de la presente fecha.-----------------------------------------------------------------------------------------------
Así mismo devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio. ----------------




Abg. Alejandro Ávila Pérez
Juez (T) Tercero del Juzgado de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía




Abg. Dulce Maria Manrique Porras
Secretaria de Guardia