REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 4 de febrero de 2011.
200º y 151º
Por cuanto el Tribunal de la revisión que hiciera de las actas que conforman el presente expediente observa que a los folios 77 y 78, existe diligencia de fecha 02 de febrero de 2011, suscrita por los abogados ALOIS CASTILLO CONTRERAS y AMERICO RAMIREZ BRACHO, apoderados judiciales de la parte actora y el ciudadano FREDY ALBERTO MENDEZ UZCATEGUI, en uso de las facultades que le fueron conferidas por su padre JUAN DE DIOS MENDEZ JIMENEZ, parte demandada, conforme a instrumento poder protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Libertador del Estado Mérida en fecha 7 de junio de 2007, bajo el N° 12, Tomo 3, Protocolo Tercero, así como, en poder autenticado por ante la Notaría Cuarta de Mérida en fecha 20 de abril de 2007, bajo el N° 28, Tomo 36, ambos agregados a los autos, asistido por el abogado GABRIEL ANTONIO CUBILLAN BOYERO, mediante la cual realizan transacción y solicitan sea homologada y se ordene el archivo del expediente una vez conste de autos el total cumplimiento de la obligación. El Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa, una vez quede firme la presente decisión, pero no da por terminado el juicio, ni ordena el archivo del presente expediente, hasta que no conste de autos el total cumplimiento de la obligación. Y así se decide.
EL JUEZ,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN