REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diez de febrero de dos mil once.
200º y 151 º
Vista la diligencia que antecede de fecha 08 de febrero de 2011, (folio 97), suscrita por el abogado en ejercicio LUIS ALFONSO CHOURIO GARCIA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual sufragó los gastos para la reproducción de las copias certificadas del libelo de la demanda, a los fines de que se libren los recibos de citación a los demandados de autos, este Tribunal observa que por cuanto la parte actora cumplió con lo requerido en el auto de admisión de la demanda de fecha 12 de enero de 2011, este Tribunal pasa a providenciar de la siguiente manera:
PRIMERO: Para la citación personal de los co-demandados ASOCIACIÓN CIVIL OCV EDUCADORES DE LOS ANDES, en la persona de su PRESIDENTA, ciudadana LISBETH DEL CARMEN RIVERA y ésta a su vez como persona natural; JOSE VICENTE LOPEZ; MARBELY PALENCIA DE MARTINS; SOL YAMIRA RODRIGUEZ T.; ORLANDO ANTONIO RUIZ O., CLEIDA GARCIA MOLINA; ANTONIO JOSE RAMIREZ NUÑEZ; IRADY ANGULO; LAILA JOSEFINA PARRA NUÑEZ; NANCY DEL CARMEN MONTOYA; EMILIO ANTONIO PAREDES RAMIREZ; PEDRO RAMON ZAMBRANO; MARIA ZENAIDA RAMIREZ MEDINA; ROSALBA MARINA RIVAS GUTIERREZ; BELKIS INES JERES DE VIVAS; EDUIN ENRIQUE RONDON PAREDES; ANTONIO ECHEVERRIA MOLINA; ERNESTO JOSE DAVILA PLAZA; ROGER LUGO SALINAS; LEIBNIZ VOLCANES DE GRIMA, ELIZABETH DEL CARMEN ARIAS, RAMÓN ADELSO VIVAS, ANA ESPERANZA PAEZ DE ECHEVERRIA, PEDRO JOSE GRIMA GALLARDO, ANTONIO JOSE FLORES, AMELIA VERGARA, JUAN CARLOS LOPEZ y MANUEL MATINS GAIRI líbrense copias certificadas del libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie y entrégueseles al Alguacil de este Tribunal para que las haga efectivas conforme la Ley. Certifíquense por auto separado las copias del libelo.
SEGUNDO: Para la citación personal de las co-demandadas LUZ MARINA OROZCO PEREZ, MARISOL CONTRERAS DE ADARME y JOSE ANTONIO ADARME y por cuanto según el actor, las prenombrados ciudadanos, se encuentran domiciliados en El Arenal Estado Mérida, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio al que le corresponda por distribución, libre los respectivos recibos de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de los prenombrados co-demandados, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
TERCERO: Para la citación personal de los co-demandados CRUZ IGNACIO FLORES DUGARTE, CORALIA COROMOTO UZCATEGUI DE ALBORNOZ, BLANCA DEL CARMEN GUILLEN GUTIERREZ, TEOFILO DAVID SAYAGO MONCAYO, MAURELI DEL CARMEN HERNANDEZ VALERO, MARISELA ELENA PEÑA, MERALI COROMOTO CUEVAS DE SAYAGO, WILMER SIMEON CARRILLO y YAMILE CAROLINA SANCHEZ y por cuanto según el actor, los prenombrados ciudadanos, se encuentran domiciliadas en el Municipio Campo Elías, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Campo y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio, libre los respectivos recibos de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de las prenombrados co-demandados, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
CUARTO: Para la citación personal de los co-demandados NATIVIDAD VEGA DE CONTRERAS, BEATRICE BIZARRI DE GUILLEN, LUZ MEYDA PARRA DE GOMEZ, EXAIDA MARGARITA QUINTERO DE PEREZ, AMADA ROSA URDANETA LUZARDO, EDILSON JOSE GOMEZ, PABLO ANTONIO GUILLEN, JOSE CONTRERAS OMAÑA y GLADYS J. MORA MARQUEZ y por cuanto según el actor, los prenombrados ciudadanos, se encuentran domiciliados en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio al que le corresponda por distribucción, libre los respectivos recibos de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de las prenombradas co-demandadas, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
QUINTO: Para la citación personal de los co-demandados NARCELINA MOLINA DE Z., ROSA MARIA MORA BELANDRIA e INDIRA JACQUELINE ANGULO PEREZ, y por cuanto según el actor, las prenombradas ciudadanas, se encuentran domiciliadas en Canagua del Estado Mérida, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque Y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio al que le corresponda por distribución, libre los respectivos recibos de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de las prenombradas co-demandadas, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
SEXTO: Para la citación personal de los co-demandados ANA MORELLA GUTIERREZ RANGEL y JORGE HEBERTO CARRILLO, y por cuanto según el actor, los prenombrados ciudadanos, se encuentran domiciliados en el Municipio Rangel del Estado Mérida, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio, libre los respectivos recibos de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de las prenombradas co-demandadas, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
SÉPTIMO: Para la citación personal de los co-demandados JESUS ANTONIO PRIETO IBARRA y FERNANDEZ MANSILLA DOUGLAS DE JESUS, y por cuanto según el actor, los prenombrados ciudadanos, se encuentran domiciliadas en Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio, libre los respectivos recibos de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de las prenombradas co-demandadas, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
OCTAVO: Para la citación personal de los co-demandados YONIRSA COROMOTO URDANETA URDANETA, domiciliada en el Estado Zulia, DUGLAS GARCIA DUARTE, domiciliado en Barinas, y ELEAZAR RICARDO ARRIA R., domiciliado en el Estado Miranda, se exhorta a la parte actora a que e indique con exactitud los Tribunales al cual debe comisionarse cada uno de los prenombrados ciudadanos, a los fines de librar las respectivas comisiones.
NOVENO: Para la citación personal de los co-demandados MARIA ESPERANZA PEÑA DE VARELA, ANA CECILIA CORONA DE ZAMBRANO, MIGUEL ANTONIO ALBORNOZ y CIRO ALFONSO SOTO, se exhorta a la parte actora para que indique con exactitud el domicilio de cada uno de los prenombrados ciudadanos a los fines de librar las respectivas compulsas.
DÉCIMO: Para la citación personal de la demandada TERESA PRIETO DE PRIETO, este Tribunal se abstuvo de librar los recaudos de citación, por cuanto no consta en los autos la identificación de la prenombrada ciudadana.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se libraron recaudos de citación a los co-demandados ASOCIACIÓN CIVIL OCV EDUCADORES DE LOS ANDES, en la persona de su PRESIDENTA, ciudadana LISBETH DEL CARMEN RIVERA; y ésta a su vez como persona natural; JOSE VICENTE LOPEZ; MARBELY PALENCIA DE MARTINS; SOL YAMIRA RODRIGUEZ T.; ORLANDO ANTONIO RUIZ O., CLEIDA GARCIA MOLINA; ANTONIO JOSE RAMIREZ NUÑEZ; IRAIDY ANGULO; LAILA JOSEFINA PARRA NUÑEZ; NANCY DEL CARMEN MONTOYA; EMILIO ANTONIO PAREDES RAMIREZ; PEDRO RAMON ZAMBRANO; MARIA ZENAIDA RAMIREZ MEDINA; ROSALBA MARINA RIVAS GUTIERREZ; BELKIS INES JERES DE VIVAS; EDUIN ENRIQUE RONDON PAREDES; ANTONIO ECHEVERRIA MOLINA; ERNESTO JOSE DAVILA PLAZA; ROGER LUGO SALINAS; LEIBNIZ VOLCANES DE GRIMA, ELIZABETH DEL CARMEN ARIAS, RAMÓN ADELSO VIVAS, ANA ESPERANZA PAEZ DE ECHEVERRIA, PEDRO JOSE GRIMA GALLARDO, ANTONIO JOSE FLORES, AMELIA VERGARA, JUAN CARLOS LOPEZ y MANUEL MATINS GAIRI y se le entregaron al alguacil de este Tribunal para que los haga efectivo conforme la ley, y se libró comisión al Juzgado Distribuidor de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con oficio con el Nº 107-2011, se libró comisión al Juzgado de los Municipios Campo y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio Nº 108-2011; se libró comisión al Juzgado Distribuidor de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio Nº 109-2011; se libró comisión al Juzgado Distribuidor de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio Nº 111-2011; se libró comisión al Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio Nº 112-2011; se libró comisión al Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio Nº 113-2011. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-