REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, nueve de febrero de dos mil once.
200° y 151°
En atención al contenido del oficio de fecha 27 de enero de 2011, signado con el alfanumérico 371-28-RP, emanado del Registro Público del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, y recibida por este Juzgado en fecha 07 de febrero de 2011, mediante la cual informó que de la nota de comunicación Nº 46-2011 de fecha 18 de enero del corriente año, emitido por este Juzgado, según expediente Nº 10.188, en la cual decretó Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre un apartamento distinguido con el Nº 6 del Conjunto Residencial Alto Ejido, Ubicado en la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, no fue estampada por cuanto deben mencionar la identificación completa de los propietarios, que según titulo citado son: VICTOR HUGO CONTRERAS CONTRERAS y ALBA CONSUELO DAVILA DE CONTRERAS y no LUIS ALFONSO CONTRERAS DAVILA, como se mencionó en el oficio emitido, en consecuencia, este Tribunal acuerda notificar mediante boleta a la ciudadana MARIA TRINIDAD SANCHEZ DE DAVILA, en su condición de parte actora en el presente juicio, o en la persona de su apoderado judicial abogado en ejercicio MIGUEL ANGEL VALERO LA CRUZ, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal a imponerse del contenido del referido oficio. Ahora bien, como quiera que del libelo de la demanda que obra a los folios del 4 al 5 del presente cuaderno, se evidencia que allí la parte actora, tiene su domicilio procesal en la dirección allí indicada, líbrese la respectiva boleta con las inserciones pertinentes y, entréguesele al Alguacil de este Tribunal para que practique la notificación ordenada, dejándola en la dirección indicada por la parte actora como su domicilio procesal, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 174 eiusdem. Provéase lo conducente.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma se libró boleta de notificación a la parte actora y se le entregó al Alguacil para que la haga efectiva. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.