REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintiuno (21) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º
ACTA DE DESISTIMIENTO
ASUNTO N° LP21-L-2011-000090
PARTE ACTORA: CARLOS LUIS RODRIGUEZ PAREDES, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 19.997.085.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ, MARIA VIRGINIA PERNIA RAMÍREZ, ANA ALICIA LEAL MORENO, NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, JHOR ANGEL FAJARDO MEDINA, LUIS EMIRO ZAMBRANO, HENRY DOMINGO RODRIGUEZ, RONALD EDUARDO CALDERON, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, NELLY RAMIREZ CARRERO, LUIS CAMINOS y MARIA ISABEL BATISTA AREVALO.
PARTE DEMANDADA: La Sociedad Mercantil BRIROCA INVERSIONES C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 16 de febrero de 2001, tomo A-4, bajo el Nº 28, en la persona del ciudadano RICARDO ANTONIO BRICEÑO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 11.466.848, con el carácter de Presidente de la referida empresa mercantil.
ABOGADA APODERADA DE LA DEMANDADA: LINMAR COROMOTO PULIDO MARQUINA.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de julio de 2011, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadano CARLOS LUIS RODRIGUEZ PAREDES, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 19.997.085, y su apoderada judicial la abogada NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 91.089, también compareció a esta Audiencia la parte demandada representada por su apoderada judicial la abogada LINMAR COROMOTO PULIDO MARQUINA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 127.756, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, la parte demandante expuso que desiste en este acto del procedimiento en razón de haber recibido ya la totalidad del monto demandado. La parte demandada, supra identificada, expuso que conviene en el presente desistimiento y renuncia en nombre de sus representadas a cualquier acción en contra del accionante por la reclamación acá desistida. Este Tribunal en vista de lo expuesto por las partes, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y da por concluido el presente proceso. Se ordena el archivo del expediente. Así mismo, las partes solicitan la entrega de las pruebas por ellos promovidas, lo cual es acordado por este Tribunal, y se hace entrega en este acto de las mismas, estando ambas partes conformes.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,
Abg. Yurahi Gutiérrez.
Los Presentes,
CARLOS LUIS RODRIGUEZ PAREDES NANCY JOSEFINA CALDERON T.
LINMAR COROMOTO PULIDO MARQUINA
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