REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
De la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con
Competencia para el Régimen Procesal Transitorio

201º y 152 º

ASUNTO: 22841

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

DEMANDANTE: NELLY SOSA DUGARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.663.301, domiciliada en Ejido, sector Bella Vista, calle Lara, Casa No. 120, Municipio Campo Elías del Estado Mérida.

DEMANDADO: CESAR AUGUSTO BELANDRIA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.099.405, domiciliado en Ejido, sector los Guaimaros, S/N, Municipio Campo Elías del Estado Mérida.

ABOGADAS ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO Y VILMA KARIBAY MONSALVE ALBORNOZ, Fiscales del Ministerio Publico, adscritos a la Fiscalía Décima Quinta del Estado Mérida.

MOTIVO: FIJACIÓN RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

DETERMINACIÓN PRELIMINAR DE LA CAUSA

En fecha 01/12/2009 se recibe demanda presentada por la ciudadana NELLY SOSA DUGARTE, debidamente asistida por los Abogados ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO Y VILMA KARIBAY MONSALVE ALBORNOZ, Fiscales del Ministerio Publico, adscritos a la Fiscalía Décima Quinta del Estado Mérida, en contra del ciudadano CESAR AUGUSTO BELANDRIA SALAZAR, todos identificados en autos.

En fecha 04/12/2009, se le dio entrada y se admitió la demanda, en el mismo auto se ordenó citar a las partes, y al Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

En fecha 11/01/2010, compareció el Alguacil adscrito a este Tribunal, consignando boleta debidamente firmada por la representación Fiscal del Ministerio Público.


En fecha 21/06/2010, entró en funcionamiento el Circuito Judicial de Protección, por cuanto en fecha 29/09/2009, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a la Resolución 2009-00037, suprimió el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la esta Circunscripción Judicial, igualmente suprimió la Sala de Juicio N° 01, y creó el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con competencia en Régimen Procesal Transitorio.

De la revisión realizada a los autos se evidencia que la última actuación de las partes se efectúo en fecha 01/12/2009, habiendo transcurrido hasta la presente fecha más de 02 años, sin que la parte demandante actuara en el presente procedimiento a los fines de impulsarlo, por lo que puede concluirse que ha operado LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, la cual puede ser declarada de oficio de conformidad con el artículo 269 del referido instrumento jurídico.

A tales efectos ha establecido el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención.…”.

Siendo que el efecto jurídico de la inactividad procesal es sancionada por la Ley, considera esta juzgadora que lo procedente en derecho es declarar la perención de la instancia y en consecuencia, la extinción del presente procedimiento de Fijación del Régimen de Convivencia Familiar incoado por la ciudadana NELLY SOSA DUGARTE, debidamente asistida por los Abogados ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO Y VILMA KARIBAY MONSALVE ALBORNOZ, Fiscales del Ministerio Publico, adscritos a la Fiscalía Décima Quinta del Estado Mérida, en contra del ciudadano CESAR AUGUSTO BELANDRIA SALAZAR, todos identificados en autos, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se declara.---------------------------------------------------------------------------

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en consecuencia, se extingue el presente procedimiento de Fijación de Régimen Convivencia Familiar incoado por la ciudadana NELLY SOSA DUGARTE, debidamente asistida por los Abogados ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO Y VILMA KARIBAY MONSALVE ALBORNOZ, Fiscales del Ministerio Publico, adscritos a la Fiscalía Décima Quinta del Estado Mérida, en contra del ciudadano CESAR AUGUSTO BELANDRIA SALAZAR, todos identificados en autos, ya identificados. ASÍ SE DECIDE.--------------------------------------------------------------------------------------------
Se acuerda la notificación de la parte demandante a los fines de interponer los recursos que consideren pertinentes.------------------------------------------------------------------
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SEDE DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN CON COMPETENCIA PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 21 de Julio del año dos mil once. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.


LA JUEZA


ABG. CONSUELO DEL C. TORO DÁVILA


LA SECRETARIA

ABG. YELIMAR VIELMA MÁRQUEZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sria.


Ngr/22841