REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN No. 02
El Vigía, 25 de Julio de 2.011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-003036
EJECÚTESE DE SENTENCIA
Definitivamente firme como ha quedado mediante auto de fecha dieciséis (16) de junio del corriente año, la Sentencia proferida por el Tribunal en Funciones de Control No. 07, de estos mismos Circuito Judicial Penal y Extensión El Vigía, en fecha 02.12,2,010, que decretó el Sobreseimiento de la Causa instruída en contra del ciudadano RAMIREZ CANO JOSE ELIBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.397.525, domiciliado en la Calle Villa Emilia, casa sin número, Torondoy, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 3 del Código Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos, en perjuicio del ciudadano: WILLIAMS ORLANDO CANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.223.213, domiciliado en la Calle Tulio Fébres Cordero, casa No. 16, Parroquia Torondoy, Estado Mérida, igualmente acordó la entrega al ciudadano WILLIAMS ORLANDO CANO, de: 1.- Un CPU, Marca IBM; color NEGRO; Serial 8188NS8-KCTD8C0; 2.- Un TECLADO, Marca IBM, Color Negro, Serial No. 0224468 y 03 Un Mouse de color Negro, serial 180226 que aparecen descritos en el Acta de Avalúo Real No. 9700-186-ST-029, de fecha 21-03-2005, que riela al folio 18 de la presente causa y que se encuentran en la Sala de Objetos Recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Caja Seca, se acuerda oficiar lo pertinente, remitiéndole, copia del referido Reconocimiento Legal, al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Caja Seca, quien deberá, mediante Acta de Entrega hacer entrega de los señalados objetos al prenombrado WILLIANS ORLANCO CANO, y remitir a este Tribunal, copia certificada de la correspondiente Acta de Entrega para su constancia en el expediente del estricto cumplimiento al presente ejecútese de sentencia. Cúmplase.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN No. 02
ABG. NOEL ENRIQUE PETIT LEAL
LA SECRETARIA
ABG. LIZ CATHERINE VASQUEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado librando oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación El Vigía No. _________.-
Conste/Sria
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