En el día de hoy lunes dieciocho de julio de dos mil once, siendo las diez y cinco minutos de la mañana, habiendo salido el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de su sede a las nueve y cinco de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en un inmueble consistente en una casa identificada, ubicada en la calle 4, del sector Belenzate, signado con el número 49 , Municipio Libertador del Estado Mérida, con la finalidad de dar cumplimiento a la medida de embargo ejecutivo, decretado por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente número 6.865, signada la comisión por este Juzgado bajo el N° 3005-2011. Demandante: Fernandez Barreto Argimiro”. Demandado: Moreno de Rincon Perla Adonis; Motivo: Cobro de Bolívares. Acompaña al Juzgado en la ejecución de esta medida la funcionaria policial Magaly Suarez Briceño, titular de la cédula de identidad N° V- 18.493.157. Seguidamente el Juzgado hizo el llamado sobre la puerta que da acceso al inmueble, respondiendo el ciudadano Pedro Rincon, titular de la cédula de identidad número V-12.776.575 a quien el Juzgado procedió a notificar de su misión y constitución. Constituido el Juzgado frente del mismo se instó a el notificado a que informara si se encontraba la ciudadana Moreno de Rincon Perla Adonis, manifestando el notificado que era el hijo de la demandada y manifesto que desconoce la ubicación de la demandada. Esta presente el Alguacil del Juzgado ciudadano Alexander Asterio Toro Calderón, titular de la cédula de identidad n° V- 12.347.705. Está presente el apoderado judicial de la parte actora Leonardo Jose Marquez, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el numero 135.304. Acto continuo “ toma el derecho de palabra el abogado de la parte actora, y concedido como fue expuso” considerando que en el lugar donde se constituye el tribunal, es decir en la casa de habitación de la ciudadana Moreno de Rincón Perla Adonis no se encuentra presente y luego de comunicarme vía telefónica y manifestó llegar a un convencimiento de pago, es por ,lo que se le solicita al tribunal se abstenga de ejecutar la presente medida, reservándome el derecho de volver a solicitar en caso de no cumplirse el convenimiento de la medida decretada. Así se solicita a este tribunal ejecutor. Es todo. Seguidamente este juzgado Primero Ejecutor de Medidas se abstiene de ejecutar la presente medida de embargo ejecutivo previa solicitud hecha por el apoderado judicial de la parte actora. Terminó, se leyó y conformes firman, regresando el Juzgado a su sede a las once y cinco minutos de la mañana. La Jueza Temporal. Mireya Flores.(Fdo).La parte demandante abogado Leonardo Jose Marquez.(Fdo). La parte demandada Moreno de Rincon Perla Adonis. El funcionario policial: Magaly Suarez Briceño (Fdo). La secretaria: Temporal. Abg. Glennys Carolina Hernández Urquiola. (Fdo).