REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, treinta (30) de junio de dos mil once (2.011)
201º y 152º
ASUNTO: LP21-L-2010-000438
SENTENCIA: HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN
PARTE ACTORA:
ROCIO COROMOTO MARQUINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.026.077, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA BELEN MORENO CHIRINOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 141.183.
PARTE DEMANDADA:
Sociedad Mercantil “LA CASA DEL GRADUANDO, C.A”, inscrita en el Registro Mercantil Primero de esta ciudad de Mérida en fecha, 09 de mayo de 2.008, bajo el Nº 57, tomo A-1, en la persona de su Presidente Jean Carlo Vernaza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.349.444.
MOTIVO:
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Vista la diligencia de fecha veintidós (22) de junio de dos mil once (2.011), que corre agregado al folio 92 del presente expediente debidamente suscrita por los ciudadanos JEAN CARLOS VERNAZA ARAGÓN, asistido por el Abg. Rubén Gregorio Uzcategui Sulbarán, igualmente, la ciudadana ROCIO CORMOTO MARQUINA, asistida de la Abg. MARIA BELEN MORENO CHIRINOS, mediante la cual exponen que han convenido en celebrar una transacción para dar por terminado el presente juicio; por lo que la trabajadora declara haber recibido la cantidad de VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. 28.994,24) dicho pago mediante depósito efectuado en la cuenta Nº 01050065680065691997 y la cantidad restante de Bs. 17.994,24, en dinero efectivo y de curso legal en el país a su entera satisfacción, por tal razón, solicitan de común acuerdo la homologación del mismo. El tribunal observa que la suma convenida y pagada se corresponde con el monto condenado, es decir de VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. 28.994,24) ------------------------------------------
Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa el acuerdo de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 1713 del Código Civil, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 del Reglamento que rige la materia especial y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena la notificación de las partes a los fines de que ejerzan los recursos legales pertinentes. Cópiese y Publíquese.--------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los treinta (30) días del mes de junio de dos mil once (2.011).-
LA JUEZ TITULAR,
ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ
LA SECRETARIA,
ABG. YURAHI GUTIERREZ
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