REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, nueve de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: LP31-L-2010-000229
PARTE ACTORA: CARLOS RAMÓN GARCIA PEÑA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ LUIS TORRES GUERRERO Y FRANCELINA RIVAS MEZA.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE PALENCIA, CA.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ANTONIO GARCIA VILLASMIL.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


SENTENCIA


En el día de hoy, jueves nueve (09) de junio del año 2011, siendo las 03:00 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el apoderado de la parte actora: JOSÉ LUIS TORRES GUERRERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.078, y el abogado en ejercicio: JOSE ANTONIO GARCIA VILLASMIL, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 41.344, en su condición de apoderado de la parte demandada, carácter que consta en autos, dándose así inicio a la audiencia, en este estado solicita el derecho de palabra el apoderado de la parte actora y concedido que le fue expone: “En este estado de la causa y en nombre de mi representado desisto del proceso. Es todo”. En tal sentido, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Sede Alterna El Vigía, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de COSA JUZGADA, en consecuencia, ordena el archivo del presente expediente una vez cumplido el lapso para la declaratoria de firmeza de la presente sentencia. Se deja constancia que se hace entrega a las partes de sus escritos de promoción de pruebas y sus anexos.
LA JUEZ


Abg. REINA RONDON LA SECRETARIA.


Abg. IVETT ARSITIMUÑO.



APODERADO DE LA PARTE ACTORA





APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA.