REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
MÉRIDA, (20) DE JUNIO DE 2011

201º y 151º

ACTA DE INICIO DE LA FASE DE SUSTANCIACIÓN

EXPEDIENTE Nro: 01834
DEMANDANTE: KRISTAL DEL MAR PACHECO RODRIGUEZ

DEMANDADA: GAUDENCIO GARCIA MORA

En horas del día de hoy, lunes 20 de junio del año 2011 siendo las 10:00 de la mañana, estando presente la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Abg. Consuelo Toro Dávila, La Secretaria Abg. Ana Leonor Peña Rojas. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandante, ciudadana KRISTAL DEL MAR PACHECO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.352.855, Presente la Abogada EDDILEYBA BALZA PEREZ, en su condición de Fiscal Novena del Ministerio Público. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada ciudadano GAUDENCIO GARCIA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.900.698, debidamente asistido por los Abogados: IVONNE C. GUILLERMO P. y JESUS ANIBAL ANGULO CONTRERAS, inscritos en el impreabogado bajo los Nros. 148.536 y 48.051, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio de REVISION Y AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS, tal como fue fijada mediante auto de fecha 06 de mayo del año 2011. La jueza orienta a las partes presentes sobre la posibilidad de llegar a un acuerdo en la presente causa por cuanto en cualquier estado y grado del proceso se puede dar la mediación. Acto seguido las partes manifiestan al Tribunal sobre el acuerdo realizado por ellos en cuanto a la obligación de manutención, en los siguientes términos: El padre, ciudadano GAUDENCIO GARCIA MORA, se compromete con la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00), mensuales a favor de sus hijos, OMITIR NOMBRES, de nueve (09) y siete (07) años de edad a pagar los 20 de cada mes o en el día hábil siguiente en la cuenta de ahorros del Banco Mercantil N° 0105-0747-260747-0539-7-9 a partir del mes de julio del presente año. En cuanto al bono especial escolar se compromete a realizar la compra total de útiles, uniformes y zapatos a la niña OMITIR NOMBRE, en este año escolar 2011-2012 pagaderos a mas tardar el 30 de agosto de cada año, y para el próximo año escolar se los comprará a OMITIR NOMBRE, y así alternativamente, en cuanto al Bono Decembrino se compromete a realizar la compra total de los estrenos navideños, zapatos y juguete a la niña OMITIR NOMBRE, en este año 2011, y para el próximo año 2012 se los comprará a OMITIR NOMBRE, y así alternativamente pagaderos a mas tardar el 20 de diciembre de cada año. Ambas partes se comprometen a cancelar el 50% de los gastos médicos y medicinas una vez presentado el récipe médico. Así mismo las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el presente expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el acuerdo celebrado entre los ciudadanos: KRISTAL DEL MAR PACHECO RODRIGUEZ y GAUDENCIO GARCIA MORA, en relación a la obligación de manutención, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños de autos. En consecuencia se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación y se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
LA JUEZA


ABOG. CONSUELO TORO DÁVILA


DEMANDANTE

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DEMANDADO ABOGADOS ASISTENTES


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LA REPRESENTACION FISCAL

ABOG. EDDILEYBA BALZA PEREZ


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LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS